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Las expropiaciones se ampararon en un documento que no estaba en vigor

La denuncia alega que no se puede justificar este procedimiento ni su urgencia, ya que el texto al que se remite en esa fecha no tenía validez

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Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) zanjó las anomalías del tranvía anulando su proyecto, en la denuncia se recogen otras presuntas irregularidades que se llevaron a cabo para sacar adelante la actuación. De esta forma, en el apartado de conclusiones del escrito, el abogado de los afectados por las expropiaciones, José Antonio Gamero, asegura que el proyecto de construcción del tren metropolitano no entra a justificar la necesidad de la expropiación remitiéndose a que ésta actuación está prevista en el Plan Especial de Reforma Interior del Conjunto Histórico (Peprich). Es decir, «no se puede justificar la expropiación, ni la necesidad de urgente ocupación a través de este documento de planeamiento, ya que no se encuentra en vigor a la fecha de aprobación del tranvía». Y es que, la aprobación definitiva del Peprich no se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) hasta el 23 de abril de 2008 cuando las notificaciones de desahucio llegaron en 2007.

Además, este documento es fundamental para la legitimación de la obra y así lo reconoce el Ayuntamiento en un informe con fecha de octubre de 2006. En este escrito Urbanismo expone que no puede dar su visto bueno al tranvía hasta que se apruebe el Peprich, ya que si no sale adelante «impediría informar favorablemente el citado proyecto». El Peprich fue aprobado provisionalmente en mayo de 2007, pero el documento no entró en vigor hasta un año después, a tiempo para que las máquinas entraran en el centro de la ciudad.