Los presuntos etarras Mikel Orbegozo y Sara Majarenas, en la Audiencia Nacional. :: EFE
ESPAÑA

Los jueces deberán investigar a fondo las denuncias de tortura de los etarras

El Constitucional da amparo a una terrorista porque los tribunales apenas indagaron sus querellas por malos tratos policiales

MADRID. Actualizado: Guardar
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Duro varapalo del Tribunal Constitucional a los jueces valencianos que, por tres veces, archivaron sin apenas investigar las denuncias por supuestos malos tratos a la etarra Sara Majarenas, detenida en febrero de 2005 en la capital del Turia, cuando pretendía establecer una base operativa de la banda en la región. La Corte da amparo a la terrorista y anula los autos que dieron carpetazo a sus querellas porque los tribunales desoyeron sus denuncias sin investigar a fondo por venir de quien venían y rechazaron, sin argumentación, las pruebas que su defensa solicitó que se practicaran.

El fallo, que fija por primera vez una clara doctrina sobre este asunto, se fundamenta en una reciente sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que el pasado septiembre condenó a España a indemnizar con 23.000 euros al preso de ETA Mikel San Argimiro Isasa por no investigar los supuestos malos tratos que habría sufrido durante su detención. A la vista de esa resolución del tribunal internacional, el Constitucional dictamina que todas las denuncias deben ser investigadas hasta el final por tratarse de supuestas violaciones de derechos fundamentales.

En el caso de Majarenas, los magistrados reprochan a los jueces, en primer lugar, «no haber colmado la exigencia de una investigación eficaz que impone el derecho a la integridad física y moral». La corte recuerda que los magistrados no admitieron algunas diligencias que hubieran sido claves para establecer si hubo torturas. Los tribunales se negaron siquiera a tomar declaración a la denunciante, a interrogar a los policías bajo sospecha o a incluir en el sumario los atestados médicos en los que la etarra dijo haber sufrido torturas en la sede la Comisaría General de Información de la Policía, en Madrid.

La Sala Primera del Constitucional insiste en que el «limitado marco de averiguación de que ha dispuesto el órgano judicial resulta a todas luces insuficiente para poder descartar toda sospecha de malos tratos». Por ello, el ponente del fallo, Javier Delgado Barrio, concluye que el «órgano judicial clausuró la investigación sobre los hechos denunciados omitiendo la práctica de medios de investigación disponibles e idóneos para el esclarecimiento de los hechos».

«Carece de fuerza»

El tribunal también desmota otro de los argumentos de peso de los tribunales ordinarios para cerrar el caso: que la etarra no presentaba heridas. La ausencia de signos de agresiones físicas en los informes médicos realizados en Valencia -establece la sentencia- «carece de la fuerza suficiente para despejar toda sospecha», ya que uno supuestos malos tratos no tienen siempre por qué dejar marca. También reprocha a los jueces la deslegitimación que hicieron de la denuncia por el mero hecho de que ésta se registrara meses más tarde de las supuesta vejaciones. «El que el recurrente presentara su denuncia varios meses después de haberse supuestamente producido los hechos y sin que previamente hubiera dicho nada sobre ellos en su primera comparecencia judicial no es tampoco razón determinante para negar toda credibilidad a la denuncia», apunta el fallo.

En su denuncia, Majarenas aseguró haber recibido «puñetazos en el estómago», «amenazas» y «humillaciones». La causa fue sobreseída por el Juzgado número 14 de Valencia al considerar que la denuncia estaba «presidida con el único fin de minar la labor que día a día realizan las fuerzas de Seguridad del Estado».