Jerez

La nueva Ley de Autonomía Local de Andalucía

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Bertolet se agarra a la nueva Ley de Autonomía Local de Andalucía y recuerda dos artículos:

«Art. 130.3- Los municipios en cuyo termino existan entidades locales autónomas, deberán consignar anualmente en sus presupuestos una asignación económica destinada a nutrir el de éstas, conforme a los criterios establecidos en el art. 116.3.b de la presente ley.

Art. 116.3b- Un sistema de financiación que fije los criterios de participación en los tributos del municipio, en función de lo determinado en el acuerdo de creación y del coste de los servicios propios gestionados por las mismas y del núcleo de sus habitantes. Con carácter general, dicho sistema de financiación tendrá vigencia de cinco años, y deberá ser actualizado en cada ejercicio presupuestario».