El suceso tuvo lugar en la plaza Benaocaz, una zona peatonal de La Granja. :: JUAN CARLOS CORCHADO
Jerez

Condenan a dos menores por conducir temerariamente y agredir a un peatón

Cuando la víctima estuvo a punto de ser atropellada increpó a los jóvenes y uno de ellos se bajó del ciclomotor y le golpeó en la cara

JEREZ. Actualizado: Guardar
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Lo que empezó como una gamberrada podía haber acabado en tragedia, y ahora sus impulsores tendrán que pagar por ello. El Juzgado de Menores de Jerez ha condenado a dos jóvenes a permanecer cuatro fines de semana en arresto domiciliario por delitos contra la seguridad vial cometidos por ambos, más otro de lesiones por uno de ellos. La sentencia, además, les priva del carné de conducción de ciclomotores o de la posibilidad de obtenerlo durante un año.

Los hechos se remontan al 20 de junio de 2009, cuando los chicos, que por aquel entonces contaban con 17 y 16 años de edad, circulaban en un ciclomotor propiedad del padre del segundo de ellos a gran velocidad por la plaza de Benaocaz, en una zona peatonal de la barriada de La Granja. Al mismo tiempo, como consta en el fallo judicial, iban levantando la rueda delantera del vehículo a modo de 'caballito' y sorteando a las numerosas personas que allí estaban, entre las que se encontraba un niño pequeño.

Instantes después, los menores volvieron a la carga y siguieron circulando de forma temeraria, lo que motivo las protestas de varios vecinos, especialmente la de un varón que a punto estuvo de ser atropellado y que tuvo que dar un salto para evitar el accidente. Cuando esta persona les increpó, el más pequeño de ellos comenzó a insultarle diciéndole: «Tú ya no eres policía, estás jubilado, así que vete a la mierda, cabrón». No contento con ello, el adolescente se bajó del ciclomotor e inició una disputa con el denunciante que incluso llegó a las manos, y el joven le propinó varios golpes a la víctima en la cara, tirándolo al suelo. Como consecuencia de la agresión, el adulto sufrió heridas contusas en la parte izquierda del rostro, que tardaron cinco días en curarse, necesitando para ello asistencia facultativa.

Bajo los efectos del alcohol

Una vez que la Policía detuvo a los chicos, el conductor del vehículo, el mayor de los dos, presentaba síntomas evidentes de estar bajo los efectos del alcohol, especificados en la sentencia como «olor del aliento, ojos enrojecidos y habla pastosa». Por ello, los agentes le realizaron la prueba correspondiente que arrojó un resultado positivo, con 0.50 miligramos de alcohol por litro de aire expirado. El autor de los hechos, sin embargo, no quiso someterse a la extracción de sangre para contrastar dicho resultado.

Como viene expresado en el fallo, en este último joven se aprecian factores de riesgo derivados de su «temperamento difícil y oposicionista y su pertenencia a un grupo que consume drogas». El otro menor, sin embargo, no presenta déficits o carencias significativas, encontrándose dentro de los patrones normalizados.

A lo largo del procedimiento, como consta también en la sentencia, los menores argumentaron que sólo pretendían cruzar la plaza para estacionar su vehículo junto a otros que estaban aparcados. Sin embargo, ambos reconocieron que habían pasado por allí dos veces, cruzando el lugar en cuestión, saliendo y volviendo a entrar otra vez, lo que el juez calificó de «innecesario». Algo que unido a los numerosos testigos que aseguraron que los jóvenes estaban conduciendo de manera irregular y las lesiones infringidas al denunciante, llevó a condenar finalmente a los acusados.

En lo que respecta al agredido, el magistrado considera que protagonizó, junto con el menor atacante, una riña en toda regla, por lo que no se puede aplicar en el caso la legítima defensa, ya que «fue una disputa mutuamente aceptada». Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días.