Condenan a dos menores por conducir de forma temeraria y agredir a un peatón en Jerez
Cuando la víctima estuvo a punto de ser atropellada increpó a los jóvenes y uno de ellos se bajó del ciclomotor y le golpeó en la cara
JEREZ. Actualizado: GuardarLo que empezó como una gamberrada podía haber acabado en tragedia, y ahora sus impulsores tendrán que pagar por ello. El Juzgado de Menores de Jerez ha condenado a dos jóvenes a permanecer cuatro fines de semana en arresto domiciliario por delitos contra la seguridad vial cometidos por ambos, más otro de lesiones por uno de ellos.
La sentencia, además, les priva del carné de ciclomotores o de la posibilidad de obtenerlo en un año.
Los hechos se remontan al 20 de junio de 2009, cuando los chicos, que por aquel entonces contaban con 17 y 16 años de edad, circulaban en un ciclomotor propiedad del padre del segundo de ellos a gran velocidad por la plaza de Benaocaz, en una zona peatonal de la barriada de La Granja.
Al mismo tiempo, como consta en el fallo judicial, iban levantando la rueda delantera del vehículo a modo de 'caballito' y sorteando a numerosas personas, entre las que se encontraba un niño pequeño.
Bajo los efectos del alcohol
Instantes después, los menores volvieron a la carga y siguieron circulando de forma temeraria, lo que motivó las protestas de varios vecinos, especialmente la de un varón que a punto estuvo de ser atropellado y que tuvo que dar un salto para evitar el accidente.
Cuando esta persona les increpó, el más pequeño de ellos comenzó a insultarle diciéndole: «Tú ya no eres Policía, estás jubilado, así que vete a la mierda, cabrón». No contento con ello, el adolescente se bajó del ciclomotor e inició una disputa con el denunciante que llegó incluso a las manos, y el joven le propinó varios golpes a la víctima en la cara, tirándolo al suelo. Como consecuencia de la agresión, el adulto sufrió heridas contusas en la parte izquierda del rostro.
Una vez que la Policía detuvo a los chicos, se comprobó que el conductor del vehículo presentaba síntomas evidentes de estar bajo los efectos del alcohol; los agentes le realizaron la prueba correspondiente que arrojó un resultado positivo, con 0.50 miligramos por litro.
Como viene expresado en el fallo, en este último joven se aprecian factores de riesgo derivados de su «temperamento difícil y oposicionista y su pertenencia a un grupo que consume drogas». El otro menor, sin embargo, no presenta déficits o carencias significativas.
En lo que respecta al agredido, el magistrado considera que protagonizó, junto con el menor atacante, una riña en toda regla, por lo que no se puede aplicar en el caso la legítima defensa, ya que «fue una disputa mutuamente aceptada». Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días.