La nueva ley del Aborto entra en vigor a la espera de la resolución del TC
Las jóvenes menores de entre 16 y 17 años podrán interrumpir el embarazo sin necesidad de informar a sus padres
MADRID. Actualizado: GuardarPendiente de la resolución del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad de ocho de sus artículos planteada por el Partido Popular, la nueva Ley de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo entra hoy en vigor tras un proceso que no ha estado exento de polémicas.
La cuestión más discutida de la la ley es que las jóvenes menores de entre 16 y 17 años podrán abortar hasta la semana 14 de gestación sin necesidad de informar a sus padres, si alegan que pueden ser coaccionadas o sufrir violencia familiar.
Conocida esta situación, será el médico de alguna clínica privada -sólo el 3% de los abortos en España se practican en la Sanidad pública-, quien tendrá que tomar la decisión de actuar sin contar con los padres, apoyado si lo desea por un psicólogo o por un trabajador social. Si las menores ven factible informar a sus tutores legales, tendrán que acudir acompañadas al centro por uno de ellos.
Interrumpir el embarazo voluntariamente dejará de ser así un delito despenalizado en algunos supuestos para convertirse en un derecho, precisamente cuando se cumplen 25 años de la aprobación de la primera normativa, en 1985, que ha permitido que un total de 1.300.000 mujeres hayan abortado en España.
El PP y el Gobierno de Navarra han pedido ante el Constitucional la suspensión cautelar de 8 de sus artículos por entender que el «aborto libre» es contrario al derecho a la vida, garantizado por el artículo 15 de la Carta Magna.
Por su parte, varias asociaciones de médicos y discapacitados presentan hoy un recurso de amparo ante el Tribunal Supremo porque la nueva legislación establece una diferencia «jurídicamente insostenible» sobre lo que es un feto sano y otro enfermo o inferior, a cuya vida se puede poner fin en el seno materno.
Desde hoy, la nuva ley permite a las afectadas abortar hasta la semana 22 de gestación en caso de riesgo para su salud física o psíquica -supuesto este último al que se acogieron en España en 2008 el 96% de ellas-, y también por enfermedad grave o malformaciones del feto. Si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del bebé no hay límite de tiempo para actuar, contando con la opinión de un Comité Clínico.