Los controles de alcoholemia se han convertido en una constante en las calles jerezanas. :: L. V.
Jerez

Más de 600 jerezanos fueron pillados el pasado año conduciendo sin carné

El circular sin licencia está a la cabeza de los delitos cometidos contra la seguridad vial, que se cifraron en 1.155 durante 2009

ALMUDENA DOÑA Actualizado: Guardar
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Abrumadores son los datos que maneja la Fiscalía de Área de Jerez en relación con los delitos cometidos contra la seguridad vial durante el año 2009. La tipificación penal de éstos ha multiplicado el trabajo en los juzgados y, sobre todo, ha evidenciado que son muchos los que cometen graves infracciones al volante. Según la información a la que este medio ha tenido acceso a través de la Fiscalía, han sido 1.155 las calificaciones cursadas por delitos de este tipo, dentro de los que cabe destacar la conducción sin el carné preceptivo, de lo que se ha acusado a nada menos que 642 ciudadanos.

El circular bajo los efectos del alcohol ocupa el segundo lugar en el ranking, con 412 expedientes tramitados en el pasado año. Estos, efectivamente, son los delitos que más se cometen y que, como destacan estas fuentes, ponen de manifiesto la temeridad de unos conductores que normalmente los infringen con total intención, y no se trata por tanto de delitos por imprudencia sino dolosos.

Con todo, desde que en 2008 se aplicó la nueva ley que convierte las antiguas infracciones administrativas en delitos, se ha producido una cierta bajada de las mismas, por lo que es posible que ello haya incentivado la prudencia de los conductores, especialmente en lo que se refiere al alcohol al volante, donde se han reducido los accidentes. Para los dos delitos mencionados, las penas de cárcel oscilan entre los tres meses y los dos años, aunque en lo referente a la seguridad vial la Fiscalía sólo solicita cárcel en los casos de reincidentes, que en 2009 se cifraron en 103.

En el resto de los procedimientos, el Ministerio apuesta por trabajos en beneficio de la comunidad y multas que curiosamente son mayores para los que conducen sin carné que para los que lo hacen bebidos, con un mínimo de doce y seis meses de sanción, respectivamente. Ello podría explicarse en que el legislador considera que, mientras que cuando alguien comienza a beber no necesariamente lo hace con intención de conducir, si careces de carné desde el primer momento en que conduces eres consciente de que estás cometiendo una ilegalidad.

En lo que respecta a los trabajos de carácter social, suele tratarse de actividades relacionadas con el tipo de delito cometido, como cursos de formación en prevención y seguridad vial. El tercer lugar en el escalafón lo ocuparon el pasado año los que cometieron un delito por conducción temeraria, cifrándose en una treintena de personas. Es cada vez más habitual, como afirman estas fuentes, encontrarse con conductores realizando el típico caballito o circulando de una forma manifiestamente imprudente.

Le siguen muy de cerca las calificaciones por lesiones por imprudencia ocasionadas con motivo del tráfico, con 28 personas implicadas. Diez menos, 18, son las que el pasado año quebrantaron la condena de privación del derecho a conducir, más las 17 que se negaron a realizarse la correspondiente prueba de alcoholemia, ante el requerimiento policial. La lista concluye con cinco acusados por exceso de velocidad punible, dos por conducir con la pérdida total de puntos y uno por consciente desprecio de la integridad (esto es, cuando se tiene un ánimo evidente de atentar y causar cualquier lesión).

Perfil variado

El perfil de estos infractores, en contra de lo que se pueda pensar, incluye un amplio abanico de posibilidades que no entiende de edades ni de sexos, pues no sólo los jóvenes o los varones conducen sin carné o bajo los efectos del alcohol. Independientemente de sus características o circunstancias, todos ellos se enfrentan a delitos que hasta hace bien poco se solventaban con una multa menor por infracción, y que ahora manchan un expediente y pueden incluso conllevar penas de cárcel.

En este sentido la controversia es grande, pues entre el mundo profesional existen opiniones contrapuestas: mientras que unos defienden la tipificación como delito de estas actividades, otros piensan que ello no ha hecho sino congestionar los juzgados y restar dedicación a otros procedimientos más importantes.