El Constitucional avala el 'Estatut', pero sin reconocer a Cataluña como nación
El tribunal declara fuera de la ley 14 de los 223 preceptos del texto y 23 más están sujetos a interpretación
MADRID. Actualizado: GuardarEl Tribunal Constitucional puso final ayer en dos horas y veinte minutos a casi cuatro años de espera. La corte sentenció que la mayor parte del 'Estatut' se ciñe a la legalidad, pero con el matiz, no menor, de que la definición de Cataluña como nación carece de «eficacia jurídica interpretativa». Sólo 14 de los 233 artículos del marco jurídico del autogobierno de Cataluña no se ajustan a la Carta Magna, y otros 23, así como cuatro de las 22 disposiciones, requieren de una interpretación para que encajen en el texto constitucional. El PP había impugnado hasta 114 preceptos, el preámbulo y 12 disposiciones adicionales.
El pleno del Constitucional estaba convocado a las 11 horas y durante 20 minutos la presidenta del tribunal, María Emilia Casas, pulsó por última vez las opiniones de los nueve magistrados que junto a ella debían dictar sentencia. Tras exponerse las últimas apreciaciones, cada uno regresó a su despacho, hasta que poco antes de comer, Casas entregó a los magistrados el borrador con los últimos retoques. Nadie salió de la sede de la corte. A las 17 horas, los diez juristas y catedráticos volvieron a verse las caras, y dos horas fueron suficientes para dictar el fallo. Se ponía así fin a tres años, diez meses y 28 días de vigilia, desde que el PP presentó su recurso contra el 'Estatut', allá por el 31 de julio de 2007.
Los componentes de la corte votaron por bloques, en vista de que hasta ahora no había sido posible reunir una mayoría para un fallo conjunto. Primero, se sometió a escrutinio el preámbulo, cuya redacción, con la salvedad de que las referencias a Cataluña como nación o como «realidad nacional» carecen de «eficacia jurídica interpretativa», fue aceptada por seis magistrados con cuatro en contra.
Sólo no fuera de la ley
El segundo paquete fue el de los 14 artículos considerados inconstitucionales en el borrador de la presidenta, y el resultado fue de ocho a dos. En realidad, sólo uno, el 97, referido a la creación de un poder judicial en Cataluña, fue declarado ilegal, en el resto las anulaciones afectan a incisos, párrafos o incluso sólo a palabras.
La tercera votación correspondió a los 23 artículos y cuatro disposiciones sujetos a «interpretación conforme», es decir que son constitucionales siempre que se interpreten de una forma determinada. El resultado volvió a ser de seis a cuatro. La interpretación del Constitucional quedará acotada en la sentencia que se conocerá en los próximos días. Por último, votaron los 186 apartados constitucionales, según la ponencia de Casas, y se repitió el seis a cuatro. El 'Estatut' obtuvo así la 'fumata' blanca.
Las mayorías, sin embargo, no fueron las mismas aunque coincidieran las cifras. Por ejemplo, el seis a cuatro del preámbulo, el que restó valor jurídico a la definición de nación o realidad nacional para Cataluña, supuso una victoria conservadora porque los cinco magistrados de esa filiación incorporaron al progresista Manuel Aragón. Este mismo jurista más el conservador y vicepresidente del tribunal, Guillermo Jiménez, en cambio formaron parte de la mayoría progresista que validó el grueso del 'Estatut' y fijó los artículos sujetos a «interpretación conforme».
La clave para poder dictar sentencia fue el cambio de postura de Manuel Aragón, elegido a propuesta socialista, y Guillermo Jiménez, avalado por el PP. Ambos se sumaron, salvo en el preámbulo, al bloque progresista de Casas, Pascual Sala, Eugeni Gay y Elisa Pérez Vera. Tanto Aragón como Jiménez consiguieron que el borrador de la presidenta recogiera, hasta en ocho ocasiones, alusiones a la «indisoluble» unidad de España. Una filosofía que también deberá reflejarse en la sentencia que se tiene que redactar María Emilia Casas y que se hará pública a final de esta semana o la próxima.
Uso no preferente
El fallo recoge parte del recurso del PP en lo referido a la justicia. Declara ilegal la creación de un consejo del poder judicial catalán, el cese y los nombramientos de jueces y fiscales, entre otros aspectos. También acoge la petición de que se elimine la prevalencia del 'Sindic de Greuges' (defensor del pueblo catalán) sobre el Defensor del Pueblo nacional. Elimina asimismo el uso «preferente» del catalán en las relaciones con la administración y en los medios públicos catalanes, pero acepta que sea «la lengua de uso normal». En el caso de las competencias compartidas entre la Generalitat y el Estado, niega al Gobierno catalán que tenga la última palabra si surgiese un conflicto de intereses.
El Constitucional también mantiene las referencias a los «símbolos nacionales» de Cataluña -el himno, la bandera y la fiesta- , pero aclara que deben ser entendidos como representativos de «la nacionalidad» catalana, nunca de la nación. El partido opositor aspiraba además a constreñir la bilateralidad de las relaciones entre la Generalitat y el Estado, pero la mayor parte de sus reclamaciones en este sentido fueron desestimadas.
Cuatro de los magistrados del bloque conservador Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez Arribas anunciaron que presentarán votos particulares en desacuerdo con el fallo, aunque su beligerancia tendrá matices puesto que sólo dos, Delgado y Rodríguez-Zapata, fueron contumaces en la disconformidad y votaron siempre en contra. Conde y Rodríguez Arribas aceptaron los artículos inconstitucionales propuestos por la presidenta. Fuentes jurídicas apuntaron que el bloque conservador pretendía declarar inconstitucional cerca de 70 artículos.
Los debates, pese a lo que pudiera pensarse después de tantos meses de discusión, fueron tranquilos, «sin una voz más alta que otra», según explicaron fuentes jurídicas conocedoras de los entresijos de la reunión.