Prohibición del velo integral
Actualizado: GuardarLa moción aprobada por el Senado para que el Gobierno ponga en marcha «las reformas legales y reglamentarias» que sean precisas para prohibir el uso del velo integral en los espacios públicos que no acojan manifestaciones estrictamente religiosas dejó en evidencia la disparidad de criterios que viene manejando el Ejecutivo al respecto. Es verdad que, como exponía la moción alternativa secundada por PSOE, PNV, Entesa y Grupo Mixto, puede entenderse que la legislación vigente recoge la cuestión a través del Código Penal, la Ley de Seguridad Ciudadana, la Ley de Igualdad y la de Violencia de Género. Pero sería excesivo concluir que su articulado resuelve el problema. La gran diferencia entre la respuesta que las citadas leyes dan al uso del 'burka' o del 'niqab' en el espacio público y la moción aprobada por el Senado es que en el primero de los casos se tiende a enjuiciar cada situación particular en la medida en que puedan violentarse derechos fundamentales de una determinada mujer en unas circunstancias dadas. Pero el problema requiere una solución más general y efectiva, por la que el Estado de Derecho defienda la tolerancia frente a la intolerancia que supone la exposición pública de atuendos que entrañan una afrenta para la dignidad de la mujer, incluso aunque quien la use declare hacerlo libremente.