El juez ve indicios de delito en el plante de controladores que paralizó España en 2010
Les imputa tres delitos, entre ellos el de sedición, por abandonar sus puestos “de forma deliberada y concertada”, lo que obligó a cerrar el tráfico aeroportuario
MADRID Actualizado: GuardarEl histórico caos aéreo vivido a principios de diciembre de 2010, en vísperas del Puente de la Constitución, puede acabar finalmente en un juicio penal. El titular del Juzgado de Instrucción número 3 Bis de Madrid, Francisco Javier Teijeiro, ha iniciado el proceso para sentar en el banquillo de los acusados a 117 controladores aéreos y ocho exresponsables de su principal sindicato, USCA –entre ellos, su expresidente, Camilo Ramón Celam, y su entonces portavoz, César Cabo- según una resolución conocida este viernes.
Para el magistrado, «a priori» existen indicios de que todos pudieron haber incurrido en sendos delitos de sedición, abandono de funciones públicas y falsedad documental. Se basa para ello en las «repentinas» y múltiples bajas de controladores que se sucedieron esos días y que, lejos de estar fundamentadas en razones médicas –tacha de «falaz» su argumento de que padecían una crisis de ansiedad y estrés–, respondían de forma a las decisiones adoptadas por trabajadores y sindicato en asamblea.
Debido a ese «concierto previo de voluntades», sostiene el instructor del caso, se produjo «el abandono de sus puestos de trabajo de forma consciente y deliberada» y, además, en «muy escaso período temporal». Y_fue eso mismo, advierte, lo condujo al «inevitable cierre del espacio aéreo español con declaración de estado de alarma, provocando una situación de caos generalizados en los aeropuertos». En este sentido, rechaza que puedan derivar su responsabilidad hacia el ente público AENA –del que dependen-, pese a que le correspondiera la decisión última de suspender los vuelos.
Decenas de miles de personas se vieron afectados por estos acontecimientos –hasta 15.000, según los cálculos que hicieron las asociaciones de consumidores y la propia AENA-, al no poder realizar los viajes previstos en unas fechas eminentemente turísticas. Por ello, el juez estima incluso que los controladores –con su estrategia «premeditada», apunta– podrían haber llegado a vulnerar su derecho constitucional a «la libre circulación por todo el territorio».
Para Teijeiro, lo ocurrido hace ya más de tres años fue una “calamidad pública de enorme magnitud” que, amén de provocar una crisis aeroportuaria “general”, llegó incluso a provocar la intervención del Ministerio de Defensa a través de la militarización temporal de los controladores. Como conclusión, y tras convertir las diligencias previas del caso en un procedimiento abreviado, traslada sus consideraciones a la Fiscalía y las acusaciones para que estimen si piden la apertura de juicio oral contra los imputados o, por el contrario, solicitan el archivo.
El sindicato USCA, por su parte, anunció este viernes que recurrirá dicha resolución ante la Audiencia Provincial por «precipitada», al sostener que «ha seleccionado de manera sesgada algunas pruebas de cargo, omitiendo las aportadas por la defensa». Y_añade, además, que contradice el criterio seguido por otros 21 juzgados de todo el país que tenían abiertas causas por los mismos hechos. De hecho, en la actualidad sólo están vivos sendos procedimientos en Barcelona y Málaga, además del referido.
Reclamaciones económicas
La decisión del Juzgado de Instrucción número 3 Bis de Madrid se produce después de que el Tribunal Constitucional (TC) otorgará a principios de febrero el amparo que ha amparo que varios centenares de afectados por ese caos aéreo habían pedido frente a las resoluciones dictadas en el verano de 2012 por la Audiencia Nacional que, en la práctica, les prohibió la presentación de una reclamación general.
En la práctica, esa decisión obligaba a reabrir el caso en la jurisdicción contenciosa a fin de que la Audiencia motive aquella controvertida decisión. Ello no excluye que, de nuevo, vuelva a terminar archivando el caso -lo que corrigió el TC es, fundamentalmente, un defecto formal-, aunque los afectados intentarán poner otra vez sobre la mesa sus reivindicaciones económicas.
La Audiencia Nacional ya rechazó en abril de 2013 que el Estado tuviera que indemnizar a los afectados por aquella paralización de los aeropuertos, al ratificar la decisión de AENA_de cerrar el espacio aéreo de forma temporal durante casi 24 horas , al apreciar que se dieron causas de «fuerza mayor» para ello. A juicio de los magistrados, dicha decisión fue «la única acorde a un mínimo criterio de prudencia y salvaguarda» precisamente de la seguridad aérea.