'CASO NÓOS'

El juez investigará las declaraciones de Hacienda de la infanta

Castro reclamó estos papeles para determinar si la hija del Rey pudo incurrir en un delito fiscal

MADRID Actualizado: Guardar
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El juez del 'caso Nóos', José Castro, ha rechazado el recurso de reforma de la infanta Cristina contra su decisión de incorporar al sumario sus últimas diez declaraciones de la renta. El instructor, que ya tiene en su poder estos documentos, reclamó estos papeles para determinar si la hija del Rey pudo incurrir en un delito fiscal. En su resolución, el magistrado, no obstante, asegura que no incluirá todavía esas declaraciones en la causa, a la espera de que se tomen "determinadas decisiones", a la espera de que la Audiencia Provincial resuelva los recursos que los duques de Palma interpusieron sobre esta vasta investigación fiscal.

La propia Audiencia Provincial instó al instructor a profundizar en su investigación sobre la posibilidad de que Cristina de Borbón hubiese incurrido en un delito fiscal y en otro de blanqueo de capitales por su papel como coopropietaria en la sociedad Aizoon, usada para desviar 1,5 millones de dinero público a bolsillos privados, al margen de ser utilizada para facturar trabajos de asesoramientos personales de Urdangarin a empresas privadas para cotizar a un tipo impositivo más bajo.

La Audiencia Provincial, en el auto en que suspendió el interrogatorio de la infanta, expresó su extrañeza por el hecho de que la propia Agencia Tributaria y Anticorrupción cargaran exclusivamente las culpas sobre Urdangarin a la hora de acusarle de un posible delito fiscal y otro de blanqueo de capitales, cuando, como demuestra ahora el Registro Mercantil, la infanta, como era su deber como coopropietaria, participó activamente en las juntas. Los magistrados manifestaron su sorpresa porque la Hacienda, con respecto a Aizoon, "solo le atribuye la defraudación a uno de los socios, pese a que las facturas fueron libradas por la sociedad".

"Si la Agencia levanta el velo de Aizoon, ¿por qué le hace la cuenta solo a uno de los socios y no establece la renta que el otro tendría que haber declarado por la diferencia por compensación con el impuesto de sociedades?", llegó a preguntarse la Sección Segunda.

"No se comprende que la Agencia haya prescindido de considerar la actuación cooperadora del socio no administrador (la infanta) respecto del delito contra la Hacienda pública. Ciertamente que el sujeto pasivo tributario en la sociedad es su administrador, pero al menos desde marzo de 2006 o meses antes (momento de la intervención parlamentaria en la que se suscitaron las dudas sobre las irregularidades de Nóos) la Infanta debería saber o conocer que para entonces Aizoon era una sociedad pantalla y que su marido la utilizaba para defraudar a Hacienda", llegó a afirma la Audiencia Provincial.