Indemnizan a la familia de un paciente que murió en una residencia atragantado
El TSJ considera que el centro Doctor Julio López, del IMAS, incumplió la obligación de vigilar al enfermo, quien comió pan pese a no poder tomar sólidos
MURCIA Actualizado: GuardarJuan José Gil no podía comer alimentos sólidos por riesgo de atragantamiento. Lo sabían bien en el centro de discapacitados intelectuales Doctor Julio López, donde permanecía ingresado, porque ya en una ocasión estuvo a punto de morir asfixiado por esta razón. Sin embargo, no se sabe muy bien cómo, Juan José se hizo con un trozo de pan y se lo llevó a la boca. Terminó inconsciente en un pasillo, y el personal sanitario ya no pudo hacer nada por su vida. Tenía 33 años.
Los hechos se produjeron en 2008, y la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región acaba de darle la razón a la familia, que consideró responsable de lo sucedido al centro y denunció el caso con ayuda de la asociación Defensor del Paciente. La Consejería de Sanidad y Política Social tendrá que indemnizar a los padres y hermanos, a través de su aseguradora, con 75.000 euros.
«Mi hermano tenía un retraso mental moderado, un síndrome X frágil con déficit intelectual medio. Era adulto pero se comportaba como un bebé. Tuvimos que ingresarlo a finales de los 90», recuerda Encarnación Gil. El Doctor Julio López es un centro de larga estancia para personas con discapacidad intelectual o enfermedad psiquiátrica que depende del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
«No sabemos qué ocurrió»
En el año 2000, Juan José Gil estuvo a punto de morir atragantado, y se le indicó una dieta a base de líquidos y alimentos triturados. Por esta razón, y también porque era incapaz de ser autónomo, en el centro debía estar continuamente controlado y vigilado. Pero el 15 de febrero de 2008, se hizo con un trozo de pan que acabó con su vida. ¿Cómo ocurrió? «No lo sabemos -lamenta la familia-; nos dijeron que se coló en el comedor y allí cogió el pan. Pero después, delante del juez no repitieron esa explicación».
Según consta en la sentencia, un trabajador del centro se lo encontró en el pasillo ya inconsciente. «Estaba en la puerta del baño. Se atragantaría en el comedor y correría hacia allí para beber agua», reconstruye su hermana. Ignacio Martínez, abogado de la asociación Defensor del Paciente, subraya también las incógnitas que se mantienen sobre lo que pasó aquel día. «Ni en el expediente administrativo ni en el juicio posterior, ningún funcionario dio una explicación de por qué sucedieron los hechos». Todos los testimonios se reducen «al momento en que el interno ya estaba atragantado, pero no a qué sucedió antes».
El médico de la residencia, ayudado por varios auxiliares, trató de reanimarle. Consiguieron sacarle algunos trozos de pan, pero no pudieron salvarle la vida. La familia puso una reclamación, pero la Comunidad Autónoma la rechazó. El caso terminó en el TSJ, que considera que existió «un deficiente cumplimiento de la obligación 'in vigilando' dentro del servicio público asistencial que venía prestándose». La Consejería mostró su «respeto a las decisiones judiciales», y declinó valorar la sentencia.