Cataluña podrá competir en torneos internacionales
El TC avala que las selecciones catalanas disputen pruebas deportivas siempre que no se enfrenten al combinado español
BARCELONA Actualizado: GuardarLas selecciones catalanas podrán participar en competiciones deportivas de ámbito internacional, según una sentencia del Tribunal Constitucional dada a conocer hoy. Esta presencia de Cataluña en torneos extranjeros estará limitada, no obstante, a aquellos torneos en los que no participe la federación española. Con su fallo, el Constitucional avala la ley catalana de selecciones deportivas y desestima el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno de José María Aznar presentó contra el artículo 2 de dicha norma legal.
Según la sentencia, ese artículo es constitucional "siempre que se trate de deportes en los que no existan federaciones españolas y que, en ningún caso, se impidan o perturben las competencias del Estado de coordinación y representación internacional del deporte español". En esencia, lo que dice la sentencia, por ejemplo, es que Cataluña no puede competir en la Eurocopa de fútbol, porque España ya está presente a través de la Federación española de fútbol. Pero si se da el caso de que existe un deporte, como es el korfbol (una especia de baloncesto que se juega entre equipos mixtos), en el que hay federación catalana, pero no española, entonces Cataluña sí puede competir en campeonatos internacionales oficiales, como de hecho lleva haciéndolo desde 1997.
Invasión de competencias
La sentencia alude a los mismos argumentos que el Constitucional defendió en su reciente fallo del pasado mes de abril en el que también declaró constitucional, en los mismos términos, las selecciones deportivas vascas. En el momento de presentar el recurso a instancias del Gobierno, el abogado del Estado consideró que el precepto legal autonómico invadía las competencias estatales en materia de relaciones internacionales, y que la competencia exclusiva autonómica en materia de deporte "no legitima el ejercicio de competencias autonómicas a nivel internacional".
Entendía el abogado del Estado que "la exclusividad de la representación del deporte federado catalán en el exterior es inconstitucional porque desconoce el límite territorial implícito a las competencias autonómicas". Por su parte, el letrado del Parlament y el abogado de la Generalitat, entonces gobernada por Jordi Pujol, rechazaba que lo legislado invadiera competencias estatales en materia de relaciones internacionales y hacía hincapié en la naturaleza jurídica privada de las federaciones deportivas. Los letrados catalanes insistían en que el Estado no tenía el título competencial específico y que "la voluntad del legislador autonómico era facilitar la promoción del deporte federado fuera de Cataluña".
En su sentencia, el Tribunal Constitucional recuerda que la Carta Magna no contiene "reserva competencial alguna a favor del Estado" en materia de deporte ya que esas "competencias han sido asumidas por Cataluña a través de su Estatuto de autonomía".