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Instituciones Penitenciarias atribuye al anterior Gobierno la concesión de la condicional al etarra Astarloa
Asegura que el preso de ETA ha cumplido "las exigencias que demanda la ley" para acceder al tercer grado
BILBAO Actualizado: GuardarLa Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha negado la apertura de nuevas vías para permitir a presos de ETA condenados por asesinato el acceso al tercer grado y a una posterior libertad condicional.
Según explica en una nota, en el caso del exmiembro del 'comando Orbaiceta' Fernando de Luis Astarloa, condenado a cien años de cárcel por matar a dos personas, su acceso al tercer grado y posiblemente a la libertad condicional, tras un informe favorable de la Junta de Tratamiento de Nanclares de la Oca, se produce tras "haber cumplido, de manera individualizada, las exigencias que demanda la ley". Así, además de haberse acogido a la denominada 'vía Nanclares de reinserción, InstitucionesPenitenciarias ha recordado que la decisión de conceder el tercer grado de tratamiento al Fernando de Luis Astarloa "se produjo el 20 de octubre de 2011, con el anterior Gobierno, sin que se haya cuestionado ni se cuestione su estricta legalidad".
De acuerdo con sus datos, el expediente de libertad condicional se inició por la Junta de Tratamiento de Nanclares el 18 de noviembre de 2011, elevándose al juez central de Vigilancia Penitenciaria el 21 de diciembre de 2011, también con el anterior Gobierno, y "en estricta aplicación de la legalidad, que impone a las Juntas de Tratamiento la obligación de iniciar y someter al Juez de Vigilancia el expediente de libertad condicional de aquellos penados que han extinguido las tres cuartas partes de su condena, como es el caso que nos ocupa".
Por ello, asevera que "no existe estrategia alguna que abra la libertad condicional a ningún asesino" y que la administración penitenciaria "cumple estrictamente la ley que otorga una serie de consecuencias a los penados que reúnen los requisitos, estrictamente reglados, que exige el Código Penal". "Es la Autoridad Judicial la que, tras el expediente preceptivo, comprobados los requisitos exigibles y con audiencia de las víctimas si así lo desean, concede o deniega la libertad condicional. La resolución judicial solo puede ser recurrida por el Ministerio Fiscal o por el interno afectado y en ningún caso por la administración penitenciaria", explica.
Finalmente, Instituciones Penitenciarias asegura que el hecho de que otro interno, José Manuel Fernández Pérez de Nanclares, haya obtenido recientemente el tercer grado y, en su momento, pueda acceder a la libertad condicional, "no tiene más conexión" con el caso de De Luis Astarloa que "el hecho de haber cumplido, de manera individualizada, las exigencias que demanda la ley". "Obviamente la misma, en los dos casos", recalca.