Garzón será juzgado el 24 de enero por investigar los crímenes franquistas
Una semana antes se sentará en el banquillo por ordenar las escuchas del 'caso Gürtel'
MADRID Actualizado: GuardarEl Tribunal Supremo ha señalado para el próximo 24 de enero el inicio del juicio por prevaricación al juez Baltasar Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. En una providencia notificada esta tarde, la sala que debe juzgar a Garzón por estos hechos fija ese día para la práctica de las cuestiones previas y el siguiente día 31 para la declaración del acusado y de los testigos. La Fiscalía no acusa en esta causa (es la misma postura que mantiene en los tres procedimientos abiertos al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5), si bien el sindicato Manos Limpias, que concurre junto a la asociación Libertad e Identidad, pide que Garzón sea inhabilitado por 20 años.
De este modo, Garzón será juzgado por la primera de las causas que fueron abiertas contra él solo siete días después de que se siente en el banquillo en el mismo tribunal por ordenar intervenir las comunicaciones que algunos de los imputados en el 'caso Gürtel' mantuvieron en prisión con sus abogados. Además de estas causas, Garzón tiene otra en fase de instrucción, la relativa al dinero que recibió para organizar cursos durante su estancia en la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006.
La cuestión a dilucidar ahora es si este juicio se celebra antes o después de que el alto tribunal dicte sentencia por la causa en la que se pide la inhabilitación de Garzón por permitir la intervención de las conversaciones telefónicas de abogados de la trama 'Gürtel' con sus defendidos en prisión, fijada para el 17 de ese mismo mes. Si para entonces ya existe condena, Garzón sería expulsado de la Carrera Judicial y el juicio por la memoria histórica se celebraría en la Audiencia de Madrid. Por el momento, el juez instructor de las recusaciones que ha presentado Garzón contra la Sala designada inicialmente para juzgarle por 'Gürtel' ha elevado el asunto a la Sala del 61, por lo que demorarse estos trámites aún cabe la posibilidad de que el juicio por investigar el franquismo se celebre el primero de todos, han informado las mismas fuentes.
Manos Limpias
En su escrito de acusación, Manos Limpias sostiene que en todas sus actuaciones, el magistrado de la Audiencia Nacional "era perfectamente consciente de su incompetencia; de la retroactividad sancionadora que adoptaba; de la prescripción de los delitos que perseguía; del fallecimiento de víctimas y autores; de la creación de una causa general en contra de los principios de legalidad, culpabilidad y personalidad; de la inaplicación del derecho consuetudinario internacional, y de la infracción en suma de los más elementales criterios de legalidad".
Por ello, solicitan al Supremo que imponga a Garzón la pena de 24 meses de multa, a razón de 30 euros al día, así como 20 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, con pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, y con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial o funciones jurisdiccionales fuera del mismo, así como al pago de las costas procesales producidas incluidas las de la acusación Popular.
Según el sindicato -uno de las tres organizaciones que se querellaron por esta causa junto a la Falange de las JONS, que fue expulsada del procedimiento y la asociación Libertad e Identidad-, "el momento culminante de la antijuridicidad" cometida por el magistrado es su auto de 16 de octubre de 2008" en el que, contra el criterio del fiscal, declaró la competencia de la Audiencia Nacional para la investigación y enjuiciamiento de los hechos denunciados por asociaciones de memoria histórica.
Para Manos Limpias, todas las resoluciones dictadas por Garzón en la causa abierta en la Audiencia Nacional son injustas por infracción del ordenamiento jurídico-penal, al haber sido dictadas "en fraude de ley, eludiendo normas aplicables y procurando la aplicación de otras no procedentes". Igualmente, la acusación alega que se resolvió la persecución de delitos manifiestamente prescritos, no se respetó el principio de legalidad, al dejar sin aplicar la Ley de Amnistía, y se incumplieron las normas de competencia establecidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.