Miguel Ángel Oleaga, ex director del aeropuerto Madrid Barajas. / Archivo
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La Audiencia Provincial de Madrid rechaza imputar al exdirector de Barajas por el accidente de Spanair

El tribunal argumenta que no hubo responsabilidad de Miguel Ángel Oleaga Zufiría en la aplicación del plan de emergencias tras el siniestro

MADRID Actualizado: Guardar
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La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado imputar por un delito de homicidio imprudente al que fuera director del aeropuerto Madrid Barajas cuando ocurrió el accidente de avión se Spanair, el 20 de agosto de 2008. La sección decimoquinta considera que no hubo responsabilidad de Miguel Ángel Oleaga Zufiría en la aplicación del plan de emergencias tras producirse el siniestro.

Una afectada, Encarnación Pérez Pérez, había presentado un recurso a la Audiencia Provincial después de que el juez de instrucción rechazara también esta imputación. Consideraba que el director del aeropuerto era responsable por imprudencia del fallecimiento de dos familiares, uno de ellos menor de edad. Sin embargo, el tribunal considera ahora que "no existen" vínculos entre la actuación de Miguel Ángel Oleaga y la muerte de nueve de los 27 heridos que sobrevivieron al impacto pero que fallecieron minutos después.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado también rechazan el recurso presentado por la afectada. El Ministerio Público señala que no hubo negligencia en la tardanza de los equipos de emergencia, mientras que la Abogacía tacha de "meras especulaciones" contra el director de Madrid Barajas.

Responsabilidades penales

El tribunal también alude a las especulaciones para negar la imputación, y para ello se basa en los testimonios de algunos testigos como bomberos y sanitarios en los que avalan la correcta aplicación del plan de emergencia.

Por último, la sección decimoquinta de la Audiencia de Madrid, presidida por María del Pilar de Prado, pone en duda que los servicios de emergencia tardaran 30 minutos en acudir a la zona del siniestro y aseguran que, según varios testigos que han declarado ante el juez que instruye la investigación, la demora pudo ser de unos 20 minutos.

La asociación de afectados del vuelo JK5022 también ha pedido responsabilidades penales al juez de otros trabajadores del aeropuerto por la aplicación del plan de socorro.