El opositor venezolano Leopoldo López. / Efe
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El opositor Leopoldo López podrá ser candidato en 2012

La decisión del Supremo de declarar "inejecutable" el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no le impide postularse

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El Tribunal Supremo venezolano (TSJ) ha indicado que la decisión de la Sala Constitucional de declarar no ejecutable un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de Leopoldo López no impide al político opositor presentar su candidatura a las elecciones presidenciales.

La presidenta del TSJ de Venezuela, Luisa Estella Morales, ha señalado que López se puede postular, pero el fallo de Corte Interamericana (CorteIDH), que obliga a suspender la inhabilitación administrativa del político para ejercer cargo público, es "inejecutable" porque no se pueden anular las decisiones de la Contraloría.

"Leopoldo López tiene pleno derecho a elegir y ser electo, puede concurrir ante el Consejo Nacional Electoral inscribirse y participar en cualquier elección que se realice (...) libremente puede hacerlo", ha indicado Estella en una conferencia de prensa. No obstante, ha subrayado que "son inejecutables en primer lugar la nulidad de las resoluciones administrativas de la Contraloría y también "la nulidad de los actos administrativos por los cuales se inhabilitó administrativamente al ciudadano Leopoldo López".

Limitación para desempeñar cargos

Preguntada sobre la posibilidad de que López fuera elegido en los comicios para la Presidencia, convocados para el 7 de octubre de 2012, Morales se ha excusado de pronunciarse "acerca de situaciones futuras". "Llegará el momento de que si eso ocurriese tendríamos que pronunciarnos, pero en este momento es ciertamente una posición incierta y futura sobre la cual la sala no podría pronunciarse", ha manifestado.

Morales ha dado las explicaciones después de que la Sala Constitucional del Supremo declarase "inejecutable" un fallo de la Corte IDH que condenó al Estado venezolano por violar el derecho a ser elegido de López y ordenó habilitarlo para participar en elecciones.

La magistrada ha asegurado que "una vez más, Venezuela demuestra que está firme en una lucha clara y abierta en contra la corrupción" y ha considerado "ilógico" que al país "se le castigue o se le sancione" por mantenerse firme frente a las convenciones suscritas en 1996 y 2003 en la lucha contra la corrupción.

En su sentencia, difundida el pasado 16 de septiembre, la Corte IDH ordenó a Venezuela "dejar sin efecto" las resoluciones del contralor que inhabilitaron a López "por un período de tres y seis años" al entender que se contravenía la exigencia de la Convención Americana de Derechos Humanos de que ese tipo de decisiones se tomen tras sentencia penal firme. Según ese fallo, si bien López "ha podido ejercer otros derechos políticos, está plenamente probado que se le ha privado del sufragio pasivo, es decir, del derecho a ser elegido".

El Gobierno venezolano defiende que es la Contraloría la institución a la que corresponde resolver sobre las inhabilitaciones de acuerdo a la Constitución. La contralora encargada, Adelina González, ha explicado a periodistas que López "nunca ha tenido inhabilitación política, solo ha tenido una limitación para desempeñar cargos públicos". "Cuando cumpla su sanción (...) una vez vencido el periodo de la sanción, pues podrá optar a otros cargos públicos. En el 2014 concluyen las sanciones que le fueron puestas", indicó González.