La Justicia obliga al Consell a informar sobre las empresas del caso Gürtel
Compromís espera que el Gobierno valenciano "rectifique" y conteste a lo que se le pregunta
VALENCIA Actualizado: GuardarEl Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana obliga al Consell a facilitar a Compromís los contratos menores que las Consejerías firmaron entre 2003 y 2008 con las empresas que fueron identificadas en el primer auto sobre el 'caso Gürtel' de Baltasar Garzón, cuando este era magistrado de la Audiencia Nacional.
En total son 1.508 peticiones parlamentarias de información que la coalición solicitó al consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Gerardo Camps, pero que este denegó porque se encontraban en ese momento bajo secreto de sumario en las diligencias que se seguían en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por el 'caso Gürtel. En el caso de las empresas que no estaban afectadas por el secreto sumarial, el consejero afirmó que no se había celebrado "contrato menor alguno entre 2003 y 2008".
En la sentencia, notificada este martes, la sección quinta de sala de lo contencioso-administrativo número 5 del TSJCV y contra la que cabe recurso de casación en un plazo de 10 días, considera que el secreto sumarial al que estaban sometidos en ese momento los contratos solicitados "afectaría tan sólo si la petición de información lo fuera de documentos que forman parte del propio sumario y sólo de él". No obstante, esto "no es predicable en esta circunstancia" porque la información solicitada "preexistió antes del sumario" y "hayan sido o no incorporados al mismo, su naturaleza pública es previa".
Vulneración constitucional
Resuelta la cuestión sobre el secreto sumarial, la Sala se plantea la constitucionalidad de la respuesta del Gobierno valenciano. Así, el TSJCV señala que la petición de información tiene finalidad de "control de gobierno", que es una función parlamentaria "básica" y "garantizada" por la Constitución. Así, estima que la negativa del Consell de facilitar los contratos "ha de ser declarativa de vulneración constitucional", al tiempo que aclara que "no se trata de que la respuesta gubernamental haya sido insatisfactoria o no adecuada a las pretensiones" de Compromís, sino que ha sido "negada".
"Tampoco es acogible el argumento relativo a una presunta función enervadora de los juicios paralelos puesto que no puede predicarse de la labor parlamentaria tal condición". Es más, entre las responsabilidades del Consell no se encuentra la "función protectora al respecto" ha declarado. La portavoz adjunta de la coalición, Mónica Oltra, ha valorado esta sentencia y considera que "va a marcar la legislatura" porque el Consell no podrá acogerse al secreto sumarial para denegar información a la coalición.
Fruto del trabajo
Oltra ha asegurado que esta sentencia "no es casual" sino que es el resultado del trabajo de los diputados de Compromís, que "comienza la legislatura recogiendo los frutos de la anterior". De este modo, ha recordado que el Tribunal Constitucional ha fallado en cinco ocasiones contra la Mesa de las Cortes Valencianas por inadmitir varias iniciativas parlamentarias de Compromís sin motivo justificado. A esto le sigue ahora la sentencia del TSJCV contra el Consell por denegar información a la oposición.
Al principio no tramitaban las cuestiones y luego "contestaban lo que les daba la gana", ha lamentado Oltra, quien ha afirmado que con esta sentencia se establece una "doctrina" en el alto tribunal valenciano, "que le dice al Consell que debe contestar a lo que se le pregunta". "Espero que el Consell rectifique", ha apostillado.