El TSJCV abre juicio oral contra Ángel Luna por encubrimiento
El portavoz de los socialistas valencianos se negó a revelar quién le hizo llegar el informe policial secreto que exhibió en la tribuna del Parlamento
VALENCIA Actualizado: GuardarEl portavoz socialista en Les Corts valencianas, Ángel Luna, será juzgado por el Tribunal Superior de Justicia por un delito de encubrimiento al negarse a revelar quién le hizo llegar el informe bajo secreto que exhibió en la tribuna del parlamento valenciano. El documento contenía información acerca de supuestas irregularidades contables en la visita del Papa a Valencia, en el verano de 2006. La decisión se ha conocido hoy a través de un auto del magistrado instructor, Montero Arocas, en el que decreta la apertura del juicio oral, una resolución contra la que no cabe recurso.
La Fiscalía había solicitado el sobreseimiento de la causa el pasado 7 de marzo, mientras la acusación particular mantuvo su petición inicial de que Luna fuera juzgado por estos hechos. Sólo dos días más tarde, el magistrado ha optado por la apertura de juicio. Tal y como ya consta en su auto del pasado mes de febrero, Montero señala que existen "indicios de criminalidad que deben llevar a que el proceso prosiga". El magistrado instructor insiste que a día de hoy "no cabe afirmar que los hechos no sean constitutivos de delito".
Sin posibilidad de recurso
En la resolución, contra la que no cabe recurso alguno, el magistrado da traslado al Ministerio Fiscal, por plazo de tres días, para que formule escrito de acusación.
La decisión de Montero llega después de que el Ministerio Fiscal solicitara este lunes el sobreseimiento libre de la causa por entender que los hechos de los que se acusa a Luna, tras negarse a revelar quién le facilitó el informe secreto que mostró públicamente en el Parlamento valenciano , no son constitutivos de delito.
Por su parte, la acusación popular, ejercida por el PP, instó el miércoles a la apertura del juicio oral contra Luna, para el que pide la inhabilitación especial para empleo o cargo público por dos años y nueve meses, así como una multa de 17 meses y quince días, a razón de 50 euros por día.