Tribunales

Tres años de cárcel por intentar matar con una navaja a un hombre en un botellón en Sanlúcar

El acusado le asestó una puñalada que le hirió desde el tórax hasta el cuello

El suceso ocurrió durante un botellón.

M. A.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a tres años de prisión por un delito de homicidio en tentativa a un hombre de 39 años que estaba acusado de haber intentado matar a otro atacándole con una navaja en Sanlúcar de Barrameda.

Según la sentencia emitida por la Sección Cuarta y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los hechos se remontan a 2012 cuando a las tres y media de la madrugada el procesado se encontraba haciendo botellón en la explanada de la Avenida de las Piletas.

Fue entonces cuando, tras haber mantenido una discusión con otro hombre, le llamó para que se acercara donde él se encontraba entre dos coches. Cuando éste se aproximó y sin mediar palabra le asestó una puñalada con una navaja lo que le provocó un corte desde la región anterior del tórax hasta el cuello . Acto seguido se dio a la fuga mientras la víctima tuvo que ser rápidamente atendida y llevada de urgencia a un centro hospitalario.

Como consecuencia de estos hechos, el agredido sufrió lesiones que hubieran supuesto «un riesgo para la vida» de haber evolucionado espontáneamente sin la asistencia médica prestada, consistentes en herida incisa en región torácica y cuello y neumotórax izquierdo; las cuales requirieron para su sanidad exploración diagnóstica clínica y radiográfica; y que tardaron en curar treinta días, de los cuales cinco fueron de ingreso hospitalario.

Además como secuelas tuvo un perjuicio estético con una valoración de puntos, reclamando por todo ello. En el momento de los hechos el procesado había consumido bebidas alcohólicas que afectaba sus capacidades.

En el acto del juicio oral, la Fiscalía y la defensa del acusado, con la aquiescencia de éste y al reconocer su culpa , solicitaron del tribunal que procediera a dictar sentencia de conformidad con la acusación que en el mismo acto fue formulada por dicho Ministerio Público, y en la cual únicamente modificó su acusación inicial en el sentido de agregar que en el momento de los hechos el acusado había consumido bebidas alcohólicas que afectaba sus capacidades concurriendo la atenuante de embriaguez y también las dilaciones indebidas, debido a que el suceso ocurrió hace ya diez años.

Por todo ello ha sido condenado a tres años de cárcel por un delito de homicidio en tentativa además de la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante cinco años y comunicarse con él por cualquier medio por el mismo período. También le deberá de indemnizar por los daños que le ha provocado con la cantidad de 7.953 euros. Al ser una sentencia de conformidad contra ella no cabe recurso.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación