TRIBUNALES
Tercera condena para la exalcaldesa de Chipiona por prevaricación
El juez impone a la exregidora socialista Dolores Reyes cinco meses de prisión y cinco años de inhabilitación por dar seis licencias para la ejecución de obras irregulares
El Juzgado de lo Penal número cuatro de Cádiz ha condenado a la exalcaldesa de Chipiona, Dolores Reyes , a la pena de cinco meses de prisión y cinco años y tres meses de inhabilitación para empleo o cargo público al considerarla autora de un delito continuado de prevaricación urbanística. El juez titular también ha condenado al que fuera su concejal de Urbanismo durante los años de los hechos, Fernando Hermoso, a la pena de 9 meses de cárcel y cinco años y tres meses de inhabilitación por el mismo delito.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, ambos representantes municipales concedieron licencias urbanísticas «a sabiendas» que eran contrarias a la legislación vigente por resultar incompatibles con el PGOUvigente de Chipiona. En concreto, en junta de gobierno local los condenados votaron a favor de seis expedientes para la ejecución de viviendas y obras irregulares.
El juez enumera estos expedientes como hechos probados. En el primer caso, se remonta a octubre de 2001 cuando se concedió licencia de obra mayor para la construcción de una casa de campo en Pago Faginado. En dicho expediente constaba un informe contrario a dicha edificación por parte del ingeniero técnico municipal que advertía que el proyecto presentado no cumplía con el PGOU y contravenía varias normativas de acuerdo a las condiciones de aislamiento, altura y edificación permitidas. Además también constaba un informe jurídico contrario que aseguraba que no debía darse esta licencia. Pero, a pesar de estos dos informes desfavorables, se acordó dar el permiso solicitado, tal y como refleja el certificado firmado por el secretario general del Ayuntamiento según el cual la Comisión Municipal aprobó por unanimidad la concesión de este permiso. Según el fallo, posteriormente el beneficiario ejecutó la obra ilegal y se le concedió la correspondiente cédula de habitabilidad.
Con informes desfavorables
El segundo caso hace referencia a la ampliación de un garaje . En dicho expediente constaba informe del arquitecto técnico municipal con fecha del 24 de octubre de 2001 que también prevenía que dicho permiso no se podía dar ya que incumplía el PGOU al exceder la ampliación la superficie máxima autorizada. También constaba informe jurídico desfavorable. Sin embargo se acordó dar la licencia solicitada, tal y como obra en certificado del secretario con fecha de 21 de noviembre de 2001. En este caso el beneficiario también hizo la obra y se le dio cédula de habitabilidad.
El tercer expediente es relativo a la licencia de obra mayor solicitada por una constructora para levantar seis viviendas unifamiliares en la calle Costa Rica de la localidad. El informe del arquitecto municipal advirtió de que no se podía conceder el permiso al tratarse de suelo no urbanizable especialmente protegido y en esa misma línea también lo apercibió el informe jurídico. A pesar de ello y aunque se hace mención a estos dos escritos contrarios, se acordó dar la licencia, aprobándose en Comisión de Gobierno el 27 de febrero de 2002.
También ocurrió exactamente igual con la concesión de otras dos viviendas unifamiliares en la calle Amanecer. En este caso se advertía que dichas edificaciones pretendían levantarse en suelo no urbanizable. Este expediente se resolvió de nuevo de forma favorable y se dio permiso de obra en marzo de 2002. En quinto lugar, el fallo recoge como hecho probado que Dolores Reyes y Fernando Hermoso volvieron a dar su visto bueno a la concesión de licencia de obra mayor para la construcción de una nave en la carretera de Rota. El arquitecto municipal volvió a emitir informe desfavorable al respecto por ser suelo no urbanizable pero, a pesar de ello, se otorgó el permiso el 18 de abril de 2002.
Por último, se hace referencia a otro expediente para la construcción de una casa unifamiliar en la calle Juan Sebastián Elcano con informes desfavorables de los técnicos nuevamente y cuyo permiso se aprobó en junio de 2002.
Tercera condena
Esta no es la primera sentencia contraria a Dolores Reyes, quien fuera alcaldesa de Chipiona como representante del PSOE de los años 2000 a 2004. En enero de 2013 , la Audiencia Provincial la condenó también por prevaricación a siete años de inhabilitación para cualquier cargo de naturaleza electiva de ámbito local por haber realizado durante su mandato 345 contratos de personal laboral eventual para el Consistorio de forma irregular.
Además en febrero de 2009 el juzgado de lo Penal nº 3 de Cádiz la condenaba a una pena de seis meses de prisión por una licencia de obra que otorgó en 2003 para la construcción de una nave industrial en suelo de especial protección.
Contra esta última sentencia, en la que se le ha rebajado la pena por dilaciones indebidas debido a la tardanza en el trámite judicial del caso, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz.
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