Tribunales

Seis años de cárcel para un hombre que pegó una paliza a otro en Jerez porque creía que abusaba de su hijo

El TSJA ratifica la condena que ya impuso la Audiencia de Cádiz

El juicio se celebró en la Audiencia de Cádiz en su sede de Jerez. La Voz

M. A.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de seis años de prisión que impuso la Audiencia de Cádiz al acusado de haber causado graves lesiones a un hombre porque pensaba que podía estar manteniendo una relación inapropiada con su hijo menor de edad. La Sección Octava dictó sentencia considerándolo autor de un delito de lesiones agravadas y esta persona recurrió solicitando un atenuante por arrebato, posibilidad que ha sido ahora descartada.

Como relata el fallo que desestima dicho recurso los hechos ocurrieron en el verano de 2018 cuando el procesado acudió a unas instalaciones deportivas porque «tenía sospechas de una posible relación inadecuada» entre otro señor y su hijo de diez años. Este chico no vivía con su padre sino con la abuela quien, días antes había visto varios mensajes entre el menor y este hombre en un teléfono móvil . Según advirtió, le parecieron «excesivamente cariñosos e inapropiados entre un niño de 10 años y un hombre de más de 50 años».

Así, el padre se enteró de la existencia de estos mensajes y llevó a su hijo al entrenamiento con la idea de encontrarse con esta persona y aclarar ese asunto con él. Y así cuando vio que se saludaban, el acusado le golpeó «de forma deliberada varias veces en la cara y en la cabeza con un objeto alargado, de goma, contundente y con borde romo». Al mismo tiempo gritó «¿tú que quieres con mi hijo?». Según la sentencia, el acusado realizó esa acción «con intención de menoscabar la integridad física» del hombre y dándose cuenta de que era muy posible que sus golpes dirigidos a la cara alcanzasen a alguno de los ojos.

Como consecuencia de los golpes recibidos la víctima sufrió varias fracturas en la cara y otras lesiones y hematomas, además perdió más de la mitad de la visión del ojo derecho como consecuencia de un escotoma central. Según el fallo, los golpes en la cabeza, dada su intensidad y el instrumento utilizados, provocaron un riesgo de hemorragia cerebral que habría podido poner en peligro su vida.

El acusado fue detenido en agosto de 2018 y fue puesto en libertad ese mismo día, con una orden de alejamiento respecto al agredido. Tras la celebración del juicio se le condenó a seis años de prisión y se le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, además del pago de una indemnización de 40.000 euros. Este fallo ha sido ahora ratificado. Contra esta nueva sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

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