Sucesos

Un nuevo caso para la historia más negra de Cádiz

El hallazgo de un cadáver con un tiro en la cabeza en Chiclana recuerda a otros sórdidos sucesos: el asesinato del Pelón o el crimen del gerente del Oh Palace! fueron también unos asuntos muy complejos que terminaron resolviéndose

Ismael ‘El Ojos’ fue condenado por matar y torturar al Pelón.

M. Almagro

El lúgubre hallazgo de un cadáver en Chiclana de la Frontera podría abrir un nuevo episodio en la crónica negra de la provincia. Un suceso que se encuentra investigando la Guardia Civil y que está lleno de incógnitas sobre qué y cómo pudo fallecer este hombre al que se encontró muerto al lado de un coche y con un tiro en la cabeza en el Pago del Humo. Las pesquisas que realicen los agentes de la Policía Judicial de la Benemérita podrán esclarecer este violento caso.

Las hipótesis que se barajan de momento son muchas a falta de que con las averiguaciones que se hagan se vayan atando cabos, tal como la identidad del fenecido. Sin embargo, ya este suceso puede recordar a otros funestos hallazgos de cadáveres que se han dado en los últimos años en la provincia. Ambos, se resolvieron.

Uno de ellos, también está relacionado en parte con Chiclana. De allí era el Pelón, un hombre que fue torturado y asesinado con extrema violencia por un ajuste de cuentas y cuyos autores fueron los miembros de la Banda del Ojos, todos ellos condenados en sentencia firme por estos hechos. Ese crimen fue uno de los más violentos que se recuerdan. El cuerpo sin vida de la víctima fue encontrado cosido a golpes y puñaladas y tirado en un descampado al lado del clínico de Puerto Real en el verano de 2014.

Hace algo más de dos años el Tribunal Supremo daba como cierta la secuencia de hechos que entendió como probados la Audiencia de Cádiz. Así relataba como en los primeros meses del año 2014, Ismael López, conocido como ‘El Ojos’, decidió trasladarse de Madrid, donde residía, a la provincia gaditana «para dedicarse a las actividades criminales que venía realizando sobre todo en la capital y zonas cercanas, como los robos de coches, secuestros ‘express’ o tráfico de hachís».

Con esa idea alquiló una vivienda en El Puerto, al objeto de utilizarla como «centro de operaciones». Ya en julio tuvieron información de que El Pelón podría estar ocultando unos 400.000 euros procedentes supuestamente de un asunto de drogas. Así decidieron secuestrarlo para obligarle a que les dijera donde tenía ese suculento botín y llevárselo. Fue el 4 de agosto. Mientras algunos realizaban funciones de vigilancia, otros se dirigieron a la casa de la víctima a Chiclana para secuestrarlo. Y así lo hicieron. Le golpearon y lo metieron en el maletero del coche . Desde allí se fueron de nuevo a El Puerto donde, en la casa alquilada lo torturaron.

La brutalidad del interrogatorio le llevó a decir dónde tenía parte de ese dinero. Sanlúcar. Y hasta allí se lo llevaron entrando además en la vivienda de unos amigos de la víctima a los que también hirieron y retuvieron. Finalmente, inmovilizado, lo trasladaron a un lugar no determinado para quitarle la vida, tal como habían decidido, y con un arma blanca le propinaron numerosos cortes y pinchazos, para definitivamente acabar con su vida con dos tajos en el cuello seccionando la arteria carótida. Todos los procesados en esta causa fueron condenados a penas de prisión de entre los 60 a los 40 años de cárcel por secuestrar y torturar hasta la muerte a este joven chiclanero.

Extorsión y amenazas

El otro asunto que también causó un gran estupor fue el asesinato del que había sido gerente del club de alterne Oh Palace! de El Puerto, cuyo cadáver apareció en el interior de un coche calcinado en febrero del año 2015. La Audiencia Provincial absolvió al principal acusado después de que un jurado popular lo declarase no culpable tras el juicio celebrado en 2017, apoyándose en que sufrió «miedo insuperable». El tribunal sin embargo sí condenó a otros dos procesados a un año y nueve meses de prisión por un delito de encubrimiento.

En su veredicto, el jurado popular consideró acreditado que el absuelto era socio trabajador del fallecido, aunque la relación profesional entre ambos «se deterioró como consecuencia de las prácticas violentas ejercidas» por la víctima, «quien extorsionaba a los propietarios de otros clubes utilizando métodos violentos consistentes en amenazas y encargos para atentar contra la integridad física de algunos de los trabajadores o atentar contra sus bienes».

De esta manera, el 24 de febrero de 2015, el fallecido decidió ir a casa del procesado por asesinato «con la intención de matarle» . Así, éste vio que el fallecido se encontraba en el coche con la puerta del conductor entreabierta y con el cristal de la ventanilla cerrado, queriendo la víctima que se montara en el coche para ir a tomar café y hablar, a lo que el acusado se negó.

En ese momento, y según el veredicto del jurado, el acusado observó que la víctima cogía una pistola que llevaba en la mano, de forma que, «para evitar que lo matara», forcejearon. Fue en ese momento cuando se disparó, provocando la muerte de la víctima.

Además el jurado consideró probado que uno de los acusados de encubrimiento, que se encontraba en el interior de la parcela donde ocurrieron los hechos, «fue plenamente consciente de lo allí acontecido», y «no colaboró con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado al ser llamado para manifestar si conocía el paradero» de la víctima «con la finalidad de no delatar a su amigo».

El absuelto llamó al condenado por encubrimiento y profanación de cadáveres «contándole lo sucedido y pidiéndole ayuda», de forma que, «con conocimiento de lo acaecido y con intención de ocultar el cuerpo del fallecido», este acusado llevó el cuerpo en un coche a un descampado y quemó el vehículo con el cadáver dentro.

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