Laboral

La nueva reforma laboral pone cerco a una tasa de temporalidad en Cádiz de casi el 32%

El 94% de los contratos que se firman en la provincia son temporales y de ellos, el 27%, por obras y servicios, una modalidad que desaparece

Más de 136.000 eventuales gaditanos están afectados por los nuevos criterios de la reforma

Los contratos de hostelería y construcción son de los más afectados por la reforma LA VOZ

Javier Rodríguez

La nueva reforma laboral entró en vigor el pasado 31 de diciembre tras su publicación en el BOE gracias a un decreto ley . A partir de este momento, las empresas gaditanas tienen hasta el próximo 30 de marzo para adaptar la contratación temporal de sus plantillas a los nuevos requisitos de la norma, que ha sido consensuada entre Gobierno, patronal y sindicatos.

El objetivo de la reforma, según el Gobierno, es poner coto a la temporalidad , devolver el equilibrio a la negociación colectiva e incorporar a la legislación ordinaria los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que sustituirán a los utilizados en pandemia, pero con el mismo objetivo: evitar despidos.

El mercado laboral gaditano es especialmente sensible a la contratación temporal , ya que uno de los sectores clave de su economía, la hostelería , necesita de eventuales para afrontar, por ejemplo, la campaña de verano. También el sector de la construcción en la provincia utiliza la temporalidad de la mano de obra para cumplir con sus compromisos, igual que el comercio para la temporada de rebajas. El 94,2% de los contratos que se firman en Cádiz son temporales frente a u 5,7% de indefinidos. La provincia, según datos de la tercera Encuesta de Población Activa (EPA) del INE de 2021, tiene una tasa de paro del 23,16% y una tasa de temporalidad en el empleo del 31,7% , siendo más alta en mujeres, con el 36,2%, que en hombres, que suman el 28,7%. Es decir, de los 431.191 ocupados, unos 136.000 (31,7%) tiene un contrato temporal. Cádiz no es una excepción. En Almería la tasa de temporalidad es del 41,8%, en Jaén del 39,1% y en Huelva, del 34,9%.

La tasa media de temporalidad en España es del 26,02% , en Andalucía del 32,2% y en Europa, del 13,6%. Los últimos datos del Servicio de Empleo Público Español (SEPE) destacan que en 2021 se firmaron en Cádiz 574.628 contratos, de los que 33.253 fueron indefinidos y el resto, 541.375, temporales . No hay que olvidar que la contratación temporal tiene once variedades. Al margen del de obras y servicios, sustitución y circunstancias de la producción destaca el de formación, practicas, relevo y sustitución por jubilación, entre otros.

Sin embargo hay una modalidad de temporalidad muy usada en la provincia que desaparece con la implantación de la nueva normativa. Se trata del contrato por obras y servicios que, junto con el de circunstancias de la producción , es de los más utilizados. De hecho, ambos suman el 92% de la contratación temporal gaditana . La opción de obras y servicios representa en Cádiz una media del 26,8% de los contratos temporales que se firman. La reforma establece ahora que estos contratos sean se producción, con tiempos limitados , o de sustitución. De hecho, en diciembre se firmaron en la provincia 49.965 contratos de los que 47.109 fueron temporales y, de éstos eventuales, 12.650 por obras y servicios, mientras que 31.344 por circunstancias de la producción.

La reforma establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que sólo podrán hacerse contratos temporales con causas muy tasadas: por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo.

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El primero sólo podrá concertarse por incrementos ocasionales imprevisibles de la producción u oscilaciones de la demanda, por un tiempo máximo de seis meses, ampliables a doce si así lo establece el convenio colectivo sectorial de turno.

Esta causa podrá emplearse en situaciones previsibles , como las campañas de Navidad o agrícolas, por un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos. En este tiempo, las empresas podrán realizar contratos temporales con causas que, aun siendo previsibles, tengan una duración reducida y limitada dentro de la contratación fija.

De esta forma, se expulsará de la legislación laboral el contrato por obra o servicio, que permitía temporalidades que en algunas ocasiones llegaban a los cuatro años.

El contrato temporal por sustitución podrá celebrarse para sustituir a personas durante una suspensión del contrato con reserva de puesto de trabajo , para cubrir la jornada reducida por causa legal o convencional, así como para cubrir vacantes durante un proceso de selección. En este último supuesto la duración del contrato no podrá exceder de tres meses.

El sindicato CC OO de Cádiz ha puesto el ojo en el aumento del paro de diciembre en el sector gaditano de la construcción con 1.004 más desempleados. Y es sobre este colectivo -denuncian– donde se viene denunciando como práctica habitual las extinciones de contrato durante vacaciones y fines de semanas , una operativa muy relacionada con el abuso del contrato de obra y servicio. La modificación sobre este asunto que aborda la reforma laboral debe servir para atajar este tipo de prácticas fraudulentas. Es por ello que el refuerzo de la Inspección de Trabajo será clave.

Almería, Jaén y Huelva están por encima de Cádiz en tasa de temporalidad en el mercado laboral

La secretaria provincial de CC OO, Inmaculada Ortega , destaca que la supresión del contrato por obras y servicios es positivo ya que suponía un caladero para contrataciones temporales de muy larga duración y muy difícil de detectar para la Inspección de Trabajo

Con esta reforma, el contrato de obra en la construcción pasará a ser indefinido y cuando finalicen las tareas de la obra para la que ha sido contratado un trabajador, la empresa tendrá que recolocarle en otra obra o formarle. Si el trabajador rechazara la oferta o no pudiera recolocarse por no existir puesto adecuado, se producirá la extinción del contrato, con una indemnización del 7% calculada sobre los conceptos salariales establecidos en convenio colectivo.

El fijo-discontinuo

Los sectores que estacionalmente recurren a contratos temporales tendrán que utilizar a partir de ahora el contrato fijo-discontinuo, que dará lugar a los mismos derechos que el resto de indefinidos . En este sentido, el presidente de la patronal de hostelería de Cádiz, Antonio de María , destaca que esta modalidad ya se estaba utilizando con frecuencia en el sector hostelero, pero aclara que la reforma establece también un gasto alto en seguros sociales.

Los contratos de duración determinada se mantienen, pero solo de dos tipos: el estructural y por sustitución

Los trabajadores con este tipo de contratos serán colectivo preferente para las acciones formativas. Los convenios sectoriales podrán establecer bolsas de empleo para favorecer su contratación y mejorar su formación durante los periodos de inactividad.

Asimismo, la norma reducirá a 18 meses en un periodo de 24 meses el plazo de encadenamiento de contratos para adquirir la condición de trabajador indefinido, frente a los 24 meses en un periodo de 30 meses vigente actualmente.

El incumplimiento de las normas que regulan la contratación temporal llevará a que el trabajador sea considerado indefinido. Las sanciones por el uso fraudulento de la contratación temporal se elevan desde un máximo de 8.000 euros a un máximo de 10.000 euros y pasarán a aplicarse por cada situación fraudulenta y no por empresa, como hasta ahora.

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