IMPUESTOS
El fallo del Constitucional sobre plusvalías afecta a 12.600 transmisiones en Cádiz
Un informe técnico avanza una primera estimación sobre las viviendas vendidas en la provincia por debajo de su valor de compra desde 2013
La sentencia del Tribunal Constitucional que cuestiona el cobro de la plusvalía en aquellos inmuebles que se han vendido por debajo del valor de compra ha puesto en alerta a los ayuntamientos ante posibles reclamaciones de afectados. Dos semanas después de la publicación del fallo judicial ya hay una primera estimación sobre el número de inmuebles que se podrían favorecer con esta sentencia . La empresa Tinsa, especializada en la prestación de servicios de valoración y asesoramiento inmobiliario, ha elaborado un estudio en el que destaca que 550.000 inmuebles podrían estar afectados por la sentencia del Constitucional en el conjunto del país, de los que 12.600 corresponden a la provincia de Cádiz.
Las cantidades a devolver a los afectados pueden llegar en algunos casos a los 9.000 euros
LA VOZ publicó el pasado 16 de febrero las consecuencias más inmediatas del fallo judicial y destacó entonces que algunos despachos de abogados de la provincia ya habían alertado a través de anuncios de esta situación. Todo empezó en el juzgado número 3 de lo Contencioso de Donostia al poner en duda la legalidad de varios artículos de la norma Foral sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana del territorio histórico de Guipúzcoa.
El tribunal vasco consideraba que no se podía aplicar un gravamen sobre el suelo del inmueble cuando su valor real es inferior al valor estimado por la Administración, en este caso, el Ayuntamiento. Esta duda fue elevada al Tribunal Constitucional, que ha emitido una sentencia favorable para quienes vendieron su vivienda a partir de 2013 a un precio inferior al de compra .
Despachos de abogados animan a reclamar para que los ayuntamientos devuelvan lo cobrado
El Alto Tribunal respalda que no puede exigirse al vendedor de un inmueble el pago de un impuesto que grava un incremento del valor que, en realidad, no se ha producido. Según Tinsa, es cuestión de tiempo que se resuelvan en este mismo sentido las numerosas cuestiones planteadas por otros Juzgados relativas a la legislación de ámbito.
En la estimación que hace Tinsa, según sus datos y la estadística del Ministerio, se incluyen tanto operaciones de compraventa, como donaciones, permutas y herencias, que también están gravadas con el pago de este impuesto. La estimación tiene en cuenta el número de transmisiones de viviendas realizadas en España entre 2013 y 2016 (ya que pueden recurrirse las operaciones de los últimos cuatro años), así como el periodo medio que los inmuebles han estado en manos de sus propietarios. Del cruce de esta información con la evolución del valor medio en cada una de las provincias españolas, Tinsa obtiene el número aproximado de viviendas que se han transmitido desde 2013 con un valor de mercado inferior al del momento de la compra.
La provincia de Cádiz figura en tercera posición del ranking regional de viviendas afectadas por el fallo, precedida por Málaga, con 35.100, y Sevilla, con 18.700 . Las mayores bolsas de inmuebles favorecidos por el fallo del Constitucional se localizan en Madrid (76.500), Barcelona (56.000), Alicante (47.500), Málaga (35.100) y Valencia (30.100).
Una revalorización ficticia
La plusvalía grava el incremento del valor del terreno generado en el momento de la transmisión de un inmueble, hasta un periodo máximo de tenencia de 20 años. Sin embargo, para calcular el importe a liquidar por este impuesto se tiene en cuenta únicamente el valor catastral del suelo del inmueble en el momento de la venta y los años que haya estado en manos del propietario. Una metodología que acaba mostrando que siempre existen plusvalías, independientemente de que el valor real del terreno no se haya incrementado.
El Tribunal Constitucional entra de lleno en el cálculo que da por hecho que el ladrillo siempre se revaloriza y, desde luego, no es así . La crisis ha dado claros ejemplos de lo contrario. No podemos olvidar que se han vendido pisos por debajo de su precio de compra, sin embargo, la plusvalía no ha tenido compasión de estas operaciones a la baja. Los ayuntamientos han cobrado como si el valor previsto en sus estimaciones fuera el real y, sin embargo, es ficticio. El fallo del Tribunal Constitucional incide directamente en este tipo de transmisiones. No anula el impuesto sino que introduce una serie de excepciones para girar correctamente su cobro. Fuentes judiciales consultadas por LA VOZ destacan que la ley establece cuatro años para reclamar cobros indebidos.
Cádiz es la tercera provincia andaluza en número de inmuebles afectados por la sentencia
Las cantidades sujetas a devolución pueden oscilar entre los 3.000 y los 9.000 euros de media . El Grupo Municipal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Cádiz ha sido de los primeros en mover ficha al respecto y proponer al equipo de Gobierno que se devuelvan las plusvalías cobradas de forma indebida en virtud a la sentencia del Tribunal Constitucional que ha anulado parcialmente este impuesto municipal (técnicamente denominado Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).
El portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Cádiz, Juan Manuel Pérez Dorao, alabó en su momento la sentencia «que en teoría grava la revalorización de los solares cuando son vendidos pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan perdido valor». La plusvalía, junto con el IBI y el impuesto de Circulación, son las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos. El de Cádiz, por ejemplo, recaudó el pasado año 6 millones de euros en concepto de plusvalías.