INDUSTRIA NAVAL
Europa declara legales las ayudas anuladas a los astilleros españoles
El fallo evita la devolución de cientos de millones de euros invertidos en la construcción de buques para su arriendo o venta a navieras
El Tribunal General de la Unión Europea (UE) ha dado la razón a España en el caso de las ayudas fiscales al sector naval nacional, al anular la decisión de la Comisión Europea que exigía su devolución, en una sentencia que Bruselas se ha comprometido a analizar antes de decidir futuros pasos. De esta forma se anula la decisión del Ejecutivo comunitario que declaraba ilegal el llamado 'tax lease' , el sistema que permitió generar créditos fiscales a más de un centenar de empresas (medio Ibex 35) que invertían en la construcción de buques para su posterior arrendamiento y venta a navieras.
El gobierno comunitario concluyó el 17 de julio de 2013 que ciertas medidas incluidas en el llamado «sistema español de arrendamiento fiscal» (SEAF) constituían ayudas de Estado ilegales. Esta decisión ha perjudicado notablemente a los astilleros españoles, que vieron mermada durante cino años su capacidad de construcción de buques civiles, ya que las naviera, por miedo a las sanciones, dejaron de firmar contratos de construcción civil. El sistema estaba en vigor desde 2002, pero la Comisión solo obligó a recuperar las ayudas del periodo comprendido entre 2007 y 2011 . Además, solo afectaba a inversores, no a navieras ni a astilleros.
Contra la sentencia cabe un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE en el plazo de dos meses. Según los jueces, las medidas que integran el sistema español de arrendamiento fiscal no constituyen una ventaja selectiva ni tampoco una competencia desleal contra el resto de estados.
La decisión de la Corte se refiere al litigio iniciado en 2006, cuando la Comisión Europea recibió distintas denuncias, principalmente del sector de la construcción naval de otros Estados miembros, contra el «sistema español de arrendamiento fiscal».
En ellas se decía que ese sistema permitía que las empresas navieras adquirieran buques construidos por astilleros españoles con descuentos de entre un 20 % y un 30 % y provocaba así la pérdida de contratos de construcción naval para los denunciantes.
El 17 de julio de 2013, la CE estimó que ciertas medidas fiscales incluidas en ese sistema constituían una ayuda de Estado ilegal y eran parcialmente incompatibles con el mercado interior.
Por ello, el servicio del entonces comisario de Competencia, Joaquín Almunia, ordenó que se recuperara la ayuda únicamente de los inversores que se hubieran beneficiado de las ventajas en cuestión .
Bruselas pidió solo el reembolso de las bonificaciones entre mayo de 2007 y 2011 y no el de las ayudas concedidas entre el comienzo del régimen en 2002 y el 30 de abril de 2007, cuando la CE declaró públicamente incompatible una medida francesa similar.
Su decisión fue más favorable que la planteada inicialmente por Almunia, que exigía la devolución de las ayudas entre 2005 y 2011.
España y las empresas Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión solicitaron al Tribunal General que anulara esa decisión de la Comisión.
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