CORONAVIRUS CÁDIZ
Estas son las restricciones en Bahía de Cádiz, la Janda y el Campo de Gibraltar
Según las nuevas medidas de la Junta de Andalucía, estos distritos sanitarios se encuentran en el nivel 3 de alerta
Esta medianoche ha entrado en vigor el cierre perimetral de Andalucía y de 449 municipios de la provincia, 25 de ellos en Cádiz. La gran novedad es que el Gobierno andaluz ha diseñado una serie de medidas restrictivas en función del nivel de alerta sanitaria definido por el Gobierno de España en el que se encuentren. De esta forma, los 25 municipios gaditanos del distrito sanitario de Jerez - Costa Noroeste y la Sierra están en el Nivel 4, pero las restricciones también afectan al resto de la provincias, ya que los distritos sanitario de Bahía de Cádiz-La Janda y Campo de Gribraltar tienen un nivel de alerta 3.
Así pues, las medidas anti-Covid del Nivel 3 que desde esta medianoche y durante 14 días se aplican en Bahía de Cádiz - La Janda y Campo de Gibraltar, que publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en su edición extraordinaria de este viernes 30 de octubre, son las siguientes.
En establecimientos de hostelería y ocio , incluidos los hoteles, el cierre se establece a las 22.30 horas y el consumo fuera o dentro del local se hará sentado un una mesa debiendo asegurarse la distancia de seguridad de 1,5 metros. Además, en el Nivel 3 estos establecimientos no podrán superar el 50% del aforo máximo en el interior del local, pero las terrazas sí se pueden ocupar en su totalidad y se prohíbe el consumo en barra.
Del mismo modo, los salones de celebraciones deberán respetar un máximo del 50% de su aforo y, en todo caso, un máximo de 75 personas en espacios al aire libre o de 50 en espacios cerrados.
El uso de las zonas comunes de hoteles y alojamiento turísticos no podrá superar el 40% de su aforo y las actividades de animación deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 10 personas
Respecto a las instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios y academias de baile se establece un límite de aforo del 50% en este Nivel 3. Al aire libre el máximo será de 400 personas y en instalaciones deportivas cubiertas, 200. El público deberá permanecer sentado y con localidades preasignadas. Además, si la naturaleza del deporte fuera de competición hace inviable mantener la distancia de seguridad establecida deben constituirse grupos estables de deportistas de entre 6 y 20, dependiendo de la naturaleza del deporte. Es de tener en cuenta que las clases grupales aeróbicas y de baile deberán tener un aforo máximo de 10 personas. Y las piscinas de uso colectivo dispondrán del 50% de su aforo.
Los velatorios tendrán un límite máximo de 20 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados. Y en el funeral, entierro o cremación podrán asistir hasta 20 peronas, entre familiares, allegados y la persona que dirige el culto o rito funerario.
Las ceremonias civiles podrán realizarse con el aforo con el aforo máximo del 50% en espacios al aire libre o cerrados.
Por otro lado, en el transporte público regular de viajeros en autobús en el que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos pero en los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito metropolitano en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas y el 75% de las plazas disponibles de pie. Y en el transporte marítimo de viajeros se podrá utilizar la totalidad de la ocupación.
Respecto a los transportes privados, en motocicletas y ciclomotores podrán viajar dos personas y en los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, no se podrá ocupar el asiento del copiloto.
En los taxis podrán viajar dos personas por cada fila adicional de asientos respecto a la del conductor. En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio podrán ir tres personas por fila.
También se aplican medidas en este Nivel 3 en el ámbito cultural. Así, cines, teatros , auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos de carpa y espacios similares y en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos tendrán un 60% del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y 500 tratándose de actividades al aire libre, así como necesidad de evaluación riesgo específica, si superan los límites de aforos establecidos.
Por otro lado, en las bibliotecas no se podrá superar el 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios, el mismo aforo que en los Monumentos, Conjuntos Culturales, Enclaves, Museos , Colecciones Museográficas y Salas de Exposiciones. Teniendo en cuenta además que las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 20 personas, incluido el guía.
En los establecimientos comerciales la hora de cierre será como máximo las 22:30 y la ocupación máxima no podrá superar el 60% del aforo. Mientras que en los mercadillos , ya sea al aire libre o en espacios cerrados, la ocupación será del 75%.
Si bien las Universidades públicas y privadas y centros no universitarios continuarán preferentemente con la impartición de clases presenciales y como hasta ahora, las actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada , en el nivel de alerta sanitaria 3, la ocupación del establecimiento no podrá superar el 60% del aforo autorizado con un máximo por aula de 25 personas.
Y en las residencias de estudiantes la ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 50% del aforo autorizado. En los comedores el aforo es del 50% con un máximo de 75 personas en el interior y 100 en el exterior. Y estarán prohibidas las visitas.
En el Nivel 3 los parques, jardines, parques infantiles y áreas recreativas de acceso público al aire libre estarán abiertos con aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto. Las actividades de animación, deportivas o grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 10 personas. Habrá limpieza y desinfección diaria de estas instalaciones.
Por otro lado, los establecimientos recreativos infantiles que se destinen a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñados específicamente para público de edad igual o inferior a 12 años, espacios de juego y entretenimiento, así como la celebración de fiestas infantiles, permanecerán cerrados.
Y en los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos se limitará su aforo al 50% en lugares abiertos y al 25% en lugares cerrados.
En las atracciones de feria que dispongan de asientos podrá ocuparse el 40% de cada fila. Cuando todas las personas usuarias residan en el mismo domicilio, podrán ser utilizados todos los asientos. En el caso de atracciones que no tengan asientos incorporados, el aforo máximo será del 30% de la capacidad de la instalación, y si no se puede mantener la distancia mínima de seguridad entre personas usuarias, se reducirá el aforo hasta el 20%. Si bien es cierto que en este nivel de alerta saniaria no se podrán celebrar fiestas, verbenas ni romerías , así como otras actividades festivas populares o tradicionales.
En espectáculos y festejos taurinos no se puede superar el 40% del aforo permitido.
En el Nivel 3 la navegación de recreo podrá realizarse siempre que el aforo no supere el 75% del número de personas autorizadas en los certificados de navegabilidad de la embarcación o aeronave. En el caso de las motos náuticas, sólo podrá ocuparse una de las plazas.
También se establecen medidas para acampadas y campamentos juveniles, con un máximo de 75 participantes en espacios abiertos y 50 en espacios cerrados. Las actividades deberán realizarse en subgrupos en espacios separados.
Y en establecimientos de actividades zoológicas, botánicas y geológicas , en los que se incluyen los acuarios podrán realizar su actividad siempre que se limite el aforo máximo del 50% de los mismos y de un tercio en las atracciones. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta quince personas, incluido el guía.
En los establecimientos y locales de juegos y apuestas la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de seis personas y no podrán superar el 50% del aforo. Al igual que en peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares. Por su parte, se decreta el cierre del ocio nocturno .
Un máximo de 300 personas en espacios cerrados y de 500 en espacios abiertos establece este Nivel 3 en el caso de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos .
Por último, las actividades educativas ambientales, visitas o actividades guiadas a zonas naturales deberán realizarse en grupos de hasta diez personas participantes cuando se realicen en espacios cerrados. En caso de que estas actividades se lleven a cabo al aire libre, deberán contar con un máximo de 15 participantes. En todo caso los equipamientos de recepción e información en espacios naturales tendrán como límite el 60% de su aforo máximo.
A todas estas medidas hay que sumar las generarles para toda Andalucía: cierre perimetral de toda la comunidad, toque de queda de 23.00 a 6.00 horas, hora límite de cierre de la hostelería a las 22.30 hroas y un máximo de seis personas en reuniones públicas y privadas .
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