2021

La edad legal de jubilación sube a 66 años desde hoy y la pensión se calculará con 24 años cotizados

El Gobierno ha anunciado tambíen que las cotizaciones de los autónomos subirán entre 3 y 12 euros desde enero

LA VOZ

Los españoles que quieran jubilarse a partir de hoy con el 100% de la pensión tendrán que tener al menos 66 años cumplidos, en virtud de la reforma de pensiones de 2013, en la que se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años, en un horizonte total de 15 años.

Estos 66 años será la edad que se exija para quienes acrediten menos de 37 años y tres meses de cotización (este año se exigen 65 años y diez meses cumplidos para poder jubilarse con menos de 37 años cotizados).

Si se superan los 37 años y tres meses cotizados, los trabajadores que quieran jubilarse desde mañana, 1 de enero, con el 100% de la pensión tendrán que tener 65 años cumplidos.

Lo que no cambió con la reforma de 2013 es el requisito de cotización mínima para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación, que se mantuvo en al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.

Además, desde este 1 de enero el periodo de cálculo de las pensiones sube un año respecto a 2020, desde los 23 años actuales hasta los 24 años. Esto supone que la pensión se calculará a partir de hoy en función de las cotizaciones de los últimos 24 años.

JUBILACIÓN PARCIAL

En el caso de que los trabajadores quieran acceder a la jubilación parcial sin que la empresa haga un contrato de relevo, la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será desde hoy de 62 años si se tienen cotizados al menos 35 años y tres meses, o de 63 años en el caso de que se tengan 33 años cotizados.

LAS COTIZACIONES DE LOS AUTONOMOS SUBEN

En cuanto a las cotizaciones sociales de los autónomos se elevarán entre 3 y 12 euros desde enero, según la base por la que coticen, de acuerdo con el Real Decreto-ley, de 28 de diciembre de 2018, que contemplaba un incremento de los tipos de cotización por contingencias profesionales y cese de actividad en 2019, 2020 y 2021.

Así, se establece un aumento del tipo de cotización del 0,8% de 2020 al 0,9% en 2021 en el caso del cese de actividad y del 1,1% hasta el 1,3% por contingencias profesionales.

Pese a que el cambio de 2020 debería haber entrado en vigor al comenzar el año, no fue hasta octubre del año pasado cuando se aplicó la subida. De hecho, durante la mayor parte de 2020, los autónomos estaban pagado el 30% de su base de cotización, en lugar del importe correspondiente al 30,3%.

La subida en los tipos de cotización afecta a todos los autónomos excepto a aquellos que están acogidos a la bonificación de la 'tarifa plana'.

Según ha explicado Seguridad Social, las subida de tipos por contingencias profesionales y cese se suele incluir normalmente en las modificaciones de tipos y de bases de cotización mínimas y máximas simultáneamente en la orden de cotización, "algo que durante 2020 no se ha hecho".

Así, ha señalado que, como no se hizo al inicio de año y posteriormente tampoco por el Estado de Alarma, no se procedió hasta octubre, aunque era algo que "estaba pendiente". También recuerda que en la cuota de noviembre se incluyó la subida de septiembre y que está pendiente la parte correspondiente entre enero y agosto.

Todavía queda por conocer cuándo la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá al cargo de las liquidaciones que no se cobraron de enero a agosto de este año. Este importe oscila entre los 22 euros y los 98 euros, dependiendo de la base de cotización por la que cotice el trabajador autónomo, y que es el resultante de sumar los meses en los que se debería haber cargado este importe y no se hizo.

Así, la cuota de autónomos pasa a ser, en el caso de cotizar por la mínima de 289 euros, y de 1.245,4 euros si el trabajador por cuenta propia cotiza por la máxima .

Esta semana, el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, Lorenzo Amor, ha denunciado que "si de verdad se apoya a los autónomos, ¿qué necesidad hay, con la que está cayendo de subir las cuotas otra vez? ¿No se puede aplazar la subida? ¡Menos marketing y más realidad!", ha añadido.

SUBIDA A LOS FUNCIONARIOS

En cuanto a los funcionarios también hay novedades. Las pensiones contributivas y el salario de los funcionarios suben un 0,9% desde hoy , mientras que el salario mínimo interprofesional (SMI) se mantiene en los 950 euros por catorce pagas hasta que se alcance un acuerdo para revalorizarlo en el marco del diálogo social entre sindicatos, patronal y el Gobierno.

En concreto, las pensiones contributivas aumentan un 0,9%, mientras que las no contributivas subirán un 1,8% y el Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), referencia para la concesión de becas, ayudas, subsidio por desempleo y subvenciones, se revalorizará un 5%, hasta los 564,90 euros mensuales (6.778,80 euros al año en doce pagas) o a 18,83 euros diarios.

En aquellos supuestos en los que la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) haya sido sustituida por el Iprem, la cuantía anual del mismo se eleva a 7.908,6 euros por catorce pagas o a 6.778,80 euros por doce pagas.

Con la subida del 0,9% contemplada en los Presupuestos Generales del Estado para 2021, las pensiones mínimas contributivas suben aproximadamente entre 2 y 11 euros al mes.

En concreto, el importe de la pensión mínima para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo queda en 851 euros al mes en 14 pagas (frente a los 843,4 euros al mes actuales); la de sin cónyuge (unidad económica unipersonal) en 689,7 euros (683,5 euros actualmente), y la de con cónyuge no a cargo en 654,6 euros mensuales (frente a los 648,7 euros actuales).

Para los jubilados con menos de 65 años, la pensión mínima con cónyuge a cargo se fija en 2021 en 797,9 euros al mes (790,7 euros actualmente); sin cónyuge en 645,3 euros mensuales (639,5 euros ahora), y con cónyuge no a cargo en 609,9 euros mensuales (604,4 euros actualmente).

Por su parte, la pensión máxima de jubilación se sitúa desde hoy en 2.707,49 euros mensuales por catorce pagas, frente a los 2.683,34 euros al mes de este año.

Las pensiones mínimas de viudedad suben entre 4,7 y 7,2 euros mensuales, dependiendo de las circunstancias . En concreto, la pensión mínima de viudedad para los titulares con cargas familiares se sitúa en 797,9 euros mensuales, en contraste con los actuales 790,7 euros al mes.

En el caso de ser mayor de 65 años o de tener una discapacidad mayor o igual al 65% la pensión mínima de viudedad pasa a ser de 689,7 euros mensuales, lo que supone 6,2 euros más que el año pasado.

Si el titular de la pensión de viudedad tiene entre 60 y 64 años, la cuantía con el nuevo año será de 645,3 euros mensuales (639,5 euros actualmente), mientras que en el caso de los beneficiarios menores de 60 años la prestación será de 522,5 euros mensuales (517,8 euros este año).

Por su parte, la pensión mínima contributiva de gran invalidez sube hasta los 1.276,5 euros mensuales (1.265,1 euros actualmente) si se tiene cónyuge a cargo, y asciende hasta los 1.034,6 euros si no se tiene cargo al cónyuge (unidad económica unipersonal), en contraste con los 1.025,3 euros al mes actuales.

La pensión mínima por incapacidad absoluta o total de los titulares con 65 años con cónyuge a cargo es de 851 euros al mes, en contraste con los 843,4 euros actuales, mientras que la de quienes no tienen cónyuge a cargo (unidad económica unipersonal) pasa a ser de 689,7 euros mensuales (683,5 euros actualmente).

En el caso de las pensiones de orfandad, el importe mínimo asciende desde mañana a 210,8 euros mensuales por beneficiario (ahora son 208,9 euros), mientras que si el beneficiario tiene menos de 18 años y cuenta con una discapacidad superior o igual al 65% la cuantía es de 414,7 euros mensuales, casi cuatro euros más que en 2020.

La pensión mínima en favor de familiares se sitúa con el nuevo año en 210,8 euros mensuales, frente a los 208,9 euros actuales, mientras que la pensión del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) es de 441,7 euros mensuales en el caso de vejez, invalidez y viudedad (437,7 euros ahora) y si concurren con alguna pensión pública de viudedad asciende a 428,7 euros al mes (424,8 euros en la actualidad).

GARANTIZAR EL PODER ADQUISITIVO DE EMPLEADOS PÚBLICOS

De su lado, el sueldo de los empleados públicos sube para garantizar su poder adquisitivo, tal y como se recoge en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para este año.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha pedido que se aplique la subida del 0,55% en la nómina de todos los empleados públicos, después de que el pasado 30 de septiembre el Gobierno acordara suspender la aplicación de las reglas fiscales en 2020 y 2021. Esta subida que pide el sindicato estaba condicionada a la estabilidad presupuestaria, por lo que considera que "una vez suspendidas las reglas fiscales, no existe ningún motivo que impida aplicar este punto".

De cara al nuevo año, las reivindicaciones de las principales organizaciones sindicales del sector (CSIF, CCOO y UGT) se centran en pedir el cumplimiento íntegro del II Acuerdo para la mejora del empleo público y el inicio de la negociación de otro nuevo acuerdo.

También pretenden mejoras en materia de empleo público, poner fin a la temporalidad, abordar el rejuvenecimiento de las plantilla, mejoras en el poder adquisitivo, la implantación de la jornada laboral de 35 horas o que se avance en la jubilación parcial y se trabaje en el mantenimiento del mutualismo administrativo.

ACUERDO DE SMI SUPEDITADO AL DIÁLOGO SOCIAL

Respecto al SMI, en el último Consejo de Ministros del año, el Ejecutivo aprobó la prórroga del Real Decreto por el que se estableció en febrero de 2020 con efectos retroactivos a 1 de enero la subida del 5,5% del SMI hasta los 950 euros con el objetivo de dar más margen a la negociación de los agentes sociales.

Con esta prórroga, se garantiza la seguridad jurídica y se da continuidad a la función del salario mínimo como garantía salarial para los trabajadores, que podrían haberse quedado en un limbo legal a partir del 31 de diciembre si no se hubiese aprobado esta prórroga y que gracias a esta extensión continuarán protegidos.

Además, el Gobierno ha insistido en que mantiene su compromiso de legislatura de alcanzar progresivamente el 60% del salario medio en España, tal y como recomienda la Carta Social Europea, lo que previsiblemente elevaría el SMI hasta los 1.200 euros al final de la legislatura.

Esta misma semana, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmó que en el debate de subida del salario mínimo interprofesional se está discutiendo por 30 céntimos de euro al día y que "le daba un poco de tristeza".

"Creo que las empresas españolas lo pueden soportar, sobre todo porque justamente hay dinero público que las mantiene y hay otras empresas que van muy bien y que pueden soportar un incremento de 30 céntimos al día", apostilló, tras apuntar que le parece que "se está dejando atrás a quienes más lo necesitan".

El Gobierno, empresarios y sindicatos volverán a reunirse el 8 de enero para abordar el salario mínimo y también lo que pasa con los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).

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