Tribunales

Condenado a 25 años de cárcel por asesinar a su cuñado en Paterna e intentar matar a su sobrino con una escopeta

La Audiencia condena al procesado y confirma el veredicto de culpabilidad que ya pronunció el jurado la pasada semana

El acusado, en el banquillo durante el juicio.

M. Almagro

Ya hay sentencia. Han bastado tan solo unos días para que el magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz haya dictado el fallo contra el acusado de haber asesinado a su cuñado en Paterna de Rivera e intentar asesinar a su sobrino, ambos empuñando una escopeta de caza y disparándoles en varias ocasiones. La pasada semana ya un jurado popular lo consideró culpable y ahora el juez ha constatado este veredicto imponiéndole la pena de 25 años de prisión.

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel Ruiz Lazaga, considera probado que el ahora condenado ha sido autor de un delito de asesinato consumado, por el que le castiga a 17 años de cárcel, y también de un delito de intento de homicidio, por el que establece ocho años y medio de cárcel. Por otro lado la sentencia le impone el destierro, es decir, la prohibición de residir en Paterna durante nueve años y medio, tal y como pedía la familia de las víctimas y el herido, y le ordena el pago de una indemnización de 235.000 euros en total a los afectados.

En los hechos probados de este fallo, la sentencia considera que el acusado F.H. y su mujer mantenían una mala relación con el resto de familiares de ésta por un problema de una herencia. Así un día se produjo una fuerte discusión cuando la mujer se personó en el local que el fallecido tenía en la localidad donde estaban haciendo unas obras. Y en medio de la pelea, el ahora condenado, «experto cazador», salió de su casa portando una escopeta de cartuchos y disparó «a pocos metros de distancia» a su cuñado en el abdomen y el tórax, dos impactos que fueron mortales, causándole la muerte casi al instante y sin que «éste tuviera posilidad de defensa alguna».

Por otro lado, el hijo del fenecido y sobrino del procesado, pudo escapar y se refugió en la vivienda de otros familiares. Sin embargo, y tal y como considera la sentencia, F.H., le siguió desde el interior de su casa a la calle y le disparó alcanzándole en la espalda. Tras entrar en esta casa y permanecer unos minutos, el joven volvió a salir para intentar ayudar a su padre y de nuevo el condenado le volvió a disparar tras estar esperándolo en la calle y después de haber tirado dos cartuchos usados al contenedor y habiendo cargado otra vez el arma. Esta vez le dio en el costado derecho.

El tribunal popular descartó que el hombre actuara movido por un arrebato ni bajo los efectos de la ingesta de medicamentos mezclados con alcohol como él mantuvo en su declaración.

Por estos hechos F.H. ha sido condenado a 25 años de prisión, tan solo un año menos de lo que solicitaba la Fiscalía. La familia de las víctimas, representada por el letrado Javier Puyol, pedía 29 años de cárcel y el destierro, mientras que la defensa del acusado solicitó que fuera condenado a la pena mínima de asesinato. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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