TRIBUNALES
Condenado a 14 años de prisión por agredir sexualmente a su hermanastra, menor de edad
La víctima fue sometida durante siete años a continuos tocamientos y otras agresiones en la casa familiar de El Puerto en la que ambos convivían
El tribunal de la Sección I de la Audiencia Provincial ha condenado a C. C., a una pena de 14 años de prisión por agredir sexualmente de manera continuada durante siete años a su hermanastra, menor de edad.
Según recoge la sentencia, dictada el pasado 2 de diciembre, los hechos se remontan a cuando la víctima tenía 7 años . Entonces, su hermanastro, «con ánimo de satisfacer su apetito sexual, aprovechando las veces que su hermana dormía en su habitación y siempre de noche»le realizaba tocamientos. Lo hizo «repetidas veces» y «procurando en todo momento no ser advertido por el resto de miembros de la familia», la madre de ambos, el padre de ella y otro hermano. Entonces, y debido a su corta edad, la niña identificaba dichas acciones «como juegos».
Estos tocamientos se prolongaron en el tiempo. A medida que la chica fue madurando «fue tomando conciencia de la anormalidad de la situación» , lo que le llevó a resistirse con mayor virulencia. Así, cada vez que ocurría «mostraba su negativa, tanto verbalmente como físicamente». A pesar de ello no pudo evitar que entre febrero y agosto de 2013 esas agresiones fueran cada vez a más, «al menos en 7 u 8 ocasiones», llegando incluso a la penetración. Estos episodios terminaron cuando la chica venció su temor y decidió contárselo a una amiga, también menor, que le animó a denunciar el caso.
El tribunal elogia la solidez y la sinceridad del testimonio de la niña durante el juicio
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Gracia Sanz, destaca el testimonio de la menor durante el juicio celebrado el pasado 30 de noviembre, como « fiable y sólido , espontáneo en todo momento, sin contradicciones groseras o inexplicables». Ante la versión de la defensa de la falsedad de los hechos denunciados, respaldado en la negación del acusado, el fallo sostiene: «No aprecia la Sala nada que objetivamente muestre el más mínimo indicio de incredulidad subjetiva o animadversión por parte de la menor».
Un relato «estremecedor»
Además señala que no se advierte ningún motivo que pudiera llevar a la chica a formular cargos falsos hacia C.C. «Ambos tenían una relación de hermanos y han convivido juntos en el núcleo familiar produciéndose su separación a raíz del descubrimiento de los hechos». De las declaraciones de ambos se concluye que el ahora condenado, que era el mayor de los hermanos, asumió en cierta manera «un rol paterno» , acentuado o propiciado por la muerte de la madre, en enero de 2012 y la ausencia prolongada del padre debido a motivos profesionales. Aunque matiza que este rol estaba más centrado en controlar las relaciones que la niña tenía con otros chicos.
Por otro lado, el fallo destaca la coincidencia del relato de la víctima «que estremeció a la Sala»con el que aportó en las entrevistas realizadas a las psicólogas de la Fundación Márgenes y Vínculos de Cádiz en el programa de tratamiento de menores víctimas de violencia sexual que ha seguido.
El fallo se apoya además en la fiabilidad de los informes de las psicólogas que han tratado a la chica
El tribunal ha respaldado en su decisión la gravedad de los hechos probados que sostenían tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular dirigida por la letrada Sonia María García Cairón, quienes solicitaban 15 años de prisión en sus escritos –el máximo legal para este tipo de delito–, siendo finalmente el acusado condenado a 14 años. Se ha tenido en cuenta por tanto que la víctima es menor de edad, que fue sometida a estas agresiones de manera continuada, además del agravado de parentesco.
Por otro lado, la sentencia coincide con los principios que inspiran el Estatuto de la Víctima del Delito, promulgada en 2015, que vela por la protección, seguridad y asistencia de los afectados por casos especialmente graves. Así, al condenado además de la pena de cárcel, se le han impuesto 20 años de alejamiento de su hermanastra, y otros 10 de libertad vigilada que tendrá que cumplir una vez salga de prisión. También tendrá que indemnizar a la menor con 30.000 euros y pagar las costas a la acusación.
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