DESESCALADA EN CÁDIZ

Los autónomos protestarán en caravana este jueves en Cádiz por su situación «crítica»

La manifestación en vehículos, convocada por Autónomos Unidos, ha sido autorizada por el TSJA tras prohibirla la Subdelegación del Gobierno

La caravana partirá de Cortadura a las 17.30 de la tarde y terminará en las Puertas de Tierra

La provincia de Cádiz encabeza la destrucción de empleo autónomo de Andalucía. Antonio Vázquez

LA VOZ

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha autorizado la caravana convocada para este jueves por Autónomos Unidos de Cádiz y ha revocado la prohibición de la Subdelegación del Gobierno al considerar que limitaba el derecho constitucional de reunión «sin una justificación concreta». Esta sería la primera manifestación en formato caravana que se permite durante la desescalada en Cádiz. A esta seguirán las que se celebrarán el próximo sábado convocadas por Vox y por el Partido Comunista de los pueblos de España.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, estima el recurso presentado por un miembro del grupo convocante contra la resolución dictada el 13 de mayo por la Subdelegación del Gobierno en Cádiz.

Esa concentración consistirá en una manifestación en coche por diversas calles de la capital gaditana entre las 17:30 y las 20:30 horas para visibilizar la «crítica situación» de pymes y autónomos de la provincia por la crisis del coronavirus. Cabe recordar que la provincia gaditana encabeza la destrucción de empleo autónomo en Andalucía.

La sentencia, que es firme, recuerda que la prohibición se basó en los informes de la Policía Nacional, que desaconsejó el acto «por motivos de salud pública»; la Policía Local, que se escudó en que el desvío de unidades implicaría no realizar las tareas de control derivadas del estado de alarma; y la Abogacía del Estado, que también se apoyó en la alerta sanitaria, así como en varias resoluciones de la propia Sala del TSJA vinculadas a la pandemia.

Los convocantes, representados por el abogado Ángel Bordas, recurrieron y alegaron que el estado de alarma, aun prorrogado, no suspende los derechos de reunión y manifestación.

La sentencia, fechada el 19 de mayo , recuerda la doctrina sobre la materia, reiterada en un auto de la Sala Primera del Tribunal Constitucional del 30 de abril que afirma que el estado de alarma "no permite la suspensión de ningún derecho fundamental, aunque sí la adopción de medidas que pueden suponer limitaciones o restricciones a su ejercicio".

El TSJA avisa de que si un poder público prohíbe una concentración, «debe hacerlo motivada y fundadamente y justificando la imposibilidad de adoptar las medidas preventivas necesarias», pero también debe «proponer las modificaciones que sean precisas en función de la programación realizada por los promotores».

En este sentido, cita que la Ley Orgánica 9/1983 del derecho de reunión ofrece a la autoridad «posibilidades para modular el ejercicio» de ese derecho, pero la Subdelegación «optó por la prohibición absoluta, (...) sin extraer" de la ley "todo el potencial modulador que le ofrece y que en la práctica sí utiliza la Administración en otra ocasiones».

De hecho, pone de ejemplo la autorización de una «manifestación similar» para el 23 de mayo en Sevilla .

La Sección Primera indica que la Administración pudo modificar «la duración, el número de vehículos, el lugar o el itinerario» para así «conciliar mejor la protección a la salud y el ejercicio de un derecho fundamental no suspendido», pero no realizó una «adecuada ponderación de los derechos en conflicto» y su resolución tuvo una «defectuosa motivación».

El alto tribunal andaluz también recuerda que la situación respecto al coronavirus «ha mejorado notablemente» y que los contagios, «según los expertos», se producen «en el ámbito sanitario y sociosanitario, no en el social».

También resalta que las medidas restrictivas del derecho a la libre circulación ordenadas en el Real Decreto que instauró el estado de alarma «han sido relajadas» y «ya se puede circular por las vías o espacios públicos para numerosas actividades».

A juicio del TSJA, la prohibición sería «razonable» si las circunstancias «se hubieran mantenido inalterables», pero "han cambiado sustancialmente de manera favorable".

Cádiz, donde más empleo autónomo se destruye

Sólo durante el primer cuatrimestre del año, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos RETA ha perdido 1.431 cotizantes en la provincia, lo que supone un descenso del 2,3% desde el pasado mes de diciembre. Por lo tanto, la cifra total de autónomos en el territorio gaditano se sitúa actualmente en 59.853.

Cádiz encabeza, junto a Málaga, la destrucción del empleo autónomo en Andalucía en este inicio de año con esa caída del 2,3%. Le sigue Sevilla con una reducción del 2,1% del número de autónomos y Granada con el 1,8%. Las provincias donde menos ha disminuido el número de trabajadores por cuenta propia han sido Almería (-0,8%) y Jaén (-1,5%).

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