TRIBUNALES
Anticorrupción solicita el ingreso en prisión del exalcalde de Puerto Serrano
El fiscal se opone a que se le suspenda la condena de año y tres meses de cárcel por el 'caso de la floristería', dado los delitos cometidos y sus antecedentes
La Fiscalía Anticorrupción ha remitido a la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz un escrito en el que se opone a que se le suspenda la condena de un año y tres meses de cárcel al exalcalde de Puerto Serrano por el 'caso de la floristería' . Como se recordará, Pedro Ruiz Peralta (IU)fue condenado por dicho tribunal por un delito continuado de prevaricación en concurso ideal con otro continuado de gestión interesada al contratar al establecimiento de su esposa durante cuatro años los encargos florales y de papelería del municipio serrano. El pasado mes de febrero el Supremo ratificaba el fallo aunque estimaba parcialmente un recurso presentado por el procesado disminuyéndole seis meses la condena de prisión. Además, le imponía tres y nueve años de inhabilitación por cada uno de los delitos.
El Ministerio Público entiende que a pesar de que la pena impuesta no supera los dos años de cárcel, la decisión que tome la Sala –una vez que el fallo ya ha sido firme– es facultativa del tribunal y no obligatoria y que para su concesión habría que valorar distintas circunstancias que Anticorrupción considera que desaconsejan la concesión de este beneficio . Recuerda el fiscal que desde 2007 a 2011 el exregidor «prevaleciéndose de su cargo como alcalde» facilitó a través de resoluciones la compra de flores, plantas y material de papelería en la tienda de su mujer, un suministro que costó a las arcas municipales más de 25.000 euros.
Según Fiscalía, durante este tiempo Pedro Ruiz « hizo uso de la administración pública en su propio beneficio y del de su familia», con la adjudicación de contratos menores que le proporcionaron un determinado beneficio económico. Recuerda además que, según se recoge en la sentencia, que todo ello lo realizó con conocimiento de la ilegalidad de su conducta como le fue advertido por hasta cuatro interventores municipales.
«Su conducta está indisolublemente unida a delitos de corrupción pública y si la sociedad actual percibe que los cargos políticos que deberían de estar al servicio del interés general y no del suyo particular, hacen uso de su cargo para beneficiarse en este caso con la adjudicación de contratos durante un largo periodo de tiempo, con independencia de su cuantía, queda en entredicho no únicamente la prevención general, si no también la confianza en las instituciones y en la justicia penal como órgano punitivo», explica.
Por otro lado, la Fiscalía destaca al tribunal que Ruiz «ni siquiera ha reconocido públicamente la comisión del delito ni ha manifestado arrepentimiento alguno por su conducta», lo que sería, «necesario y esencial».
Tres fallos firmes y dos juicios
Pero además del tipo de delitos y la falta de arrepentimiento, la Fiscalía llama la atención sobre que no es la primera condena que recibe Pedro Ruiz ya que le constan tres antecedentes. Tres sentencias confirmadas: la primera, por prevaricación urbanística, que le condenó a una pena de siete años de inhabilitación, otra segunda, de 2014, de nuevo por prevaricación urbanística, siendo procesado a 3 años y medio de inhabilitación; y una tercera, también firme, de diciembre de 2016 por el conocido 'caso de los enchufismos', en el que el propio Pedro Ruiz admitió los hechos el día del juicio y conformó una pena de cuatro años y un mes de inhabilitación.
Además, la Fiscalía recuerda que el exalcalde polichero tiene pendiente la celebración de dos juicios en los que también se le investiga de prevaricación: uno de ellos por amañar presuntamente unas oposiones a la Policía Local de su municipio, y otro referido a supuestas contrataciones laborales irregulares.
«La persistencia y prolongación de conductas delictivas en el ámbito de la administración pública cometidas por Pedro Ruiz mientras ostentaba el cargo de alcalde es más que evidente», sostiene Anticorrupción.
El fiscal además se opone a la tesis que mantiene la defensa de Ruiz que sostiene que al no ser ya alcalde no puede volver a cometer nuevos delitos referidos a la administración pública. En este sentido, Anticorrupción entiende que de ser así las penas de prisión carecerían de sentido cuando fuesen acompañadas de la inhabilitación porque nunca se ejecutarían. Y añade que sí podría cometer nuevamente este tipo de delitos ya que, como manifiesta el penado, sigue con un puesto de funcionario público en la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta.
Por estos motivos, la Fiscalía se opone a que se le suspenda la pena de cárcel de año y tres meses e interesa que se decrete su ingreso en prisión .
Ahora la defensa de Pedro Ruiz podrá solicitar la suspensión y será la Sala Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz quien, tras analizar lo expuesto por las dos partes, tome una decisión.