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El exceso de velocidad y el alcohol al volante, penado con 6 meses de carcel
Será delito circular a 190 km/h por autovía, a 100 km/h por ciudad, con una tasa de alcoholemia de 1,2 y sin permiso de conducir
Actualizado: GuardarEl Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de reforma del Código Penal que incluye, entre otras medidas, penas de hasta seis meses de cárcel para los conductores temerarios. Este endurecimiento de las infracciones viales más graves afecta a aquellas personas que circulen con exceso de velocidad, bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sin permiso de conducir.
El siguiente paso será su tramitación en el Congreso tras la reanudación del curso parlamentario, a mediados de septiembre. La vicepresidenta primera del Gobierno, Maria Teresa Fernández de la Vega, aseguró que «esta reforma es necesaria para garantizar a los ciudadanos su libertad y seguridad». La nueva normativa tipifica como delito conducir sobrepasando los límites de velocidad en más de 50 kilómetros por hora en vía urbana -circular a más de 100 km/h-, a más de 70 kilómetros por hora en autovías, autopistas y carreteras secundarias -por encima de 190 y 170 km/h, respectivamente-, con una tasa de alcohol superior a los 1,2 gramos por litro de sangre (para los casos en los que se dé positivo entre 0,5 y 1,2 gramos se mantendrían las vías administrativas), y la conducción sin carné tanto para los casos en los que aún no se haya obtenido como en los supuestos en los que se hayan perdido todos los puntos. Según las características de cada infracción, el juez puede aplicar una u otra pena, que van desde la posibilidad de aplicar prisión de tres a seis meses, trabajos en beneficio de la comunidad, multas económicas o privación del carné de uno a cuatro años. En el caso de aquellos delitos que conlleven prisión se tendrá en cuenta si el conductor carece de antecedentes penales o no es reincidente en infracciones viales. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, señaló en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que «el mensaje es incorporar al Código Penal aquellas conductas temerarias y despectivas». «No es ninguna broma conducir (...) con desprecio a la propia vida, y, lo que es peor, a la vida de los demás, a su seguridad e integridad física», añadió. Mientras se tramita la reforma en el Congreso de los Diputados, los fiscales velarán para que aquellas negligencias que hayan producido daños de entidad para la vida o la integridad de las personas sean tramitadas.