El juez suspende el ingreso en prisión del ex alcalde de Marbella Julián Muñoz
El auto del pasado 23 de febrero ordenaba la ejecución inmediata de la pena de seis meses de cárcel que le fue impuesta al ex regidor
Actualizado: GuardarEl titular del Juzgado de Lo Penal número 5 de Málaga ha suspendido hoy la ejecución de la sentencia que ordenaba el ingreso en prisión del ex alcalde de Marbella Julián Muñoz y de varios ex concejales de esta ciudad por el caso 'Banana Beach' mientras se tramita la petición de indulto de todos ellos. El auto, que ha sido notificado hoy a algunos de los procuradores del caso, tiene fecha de 2 de mayo, según han informado fuentes cercanas al caso. En el auto judicial de tres folios se recuerda que -según la jurisprudencia- puede suspenderse la ejecución de la pena durante la tramitación de la medida de gracia "cuando su cumplimiento pudiera frustrar el indulto que en su caso fuera concedido por el poder Ejecutivo".
El juez explica que los dos criterios para acordar la suspensión son la duración de la pena -"en relación con la duración de la tramitación del expediente de indulto"- y la posibilidad de "otorgamiento del derecho de gracia por su titular". Respecto a la primera, reconoce como un "hecho cierto" que el periodo de tramitación de un indulto parcial o total "es siempre superior a los seis meses", que es la condena impuesta a los penados. Así, el magistrado entiende que el cumplimiento inmediato de la pena "haría ilusorio" el indulto que pudiera concedérsele, por lo que deja sin efecto los requerimientos de ingreso en prisión de los siete penados como mantenía el fiscal, que apoyaba la ejecución de la sentencia.
En lo que se refiere a la posibilidad de que el Gobierno conceda el derecho de gracia, admite que no es a los tribunales a quien le corresponde decidir sobre el derecho al indulto y recuerda que ni a Muñoz ni a ninguno de los ex ediles "les constan condenas firmes a penas privativas de libertad".
A la espera de la tramitación del indulto
El auto, que ha sido notificado hoy a algunos de los procuradores, tiene fecha de 2 de mayo, informaron a Efe fuentes cercanas al caso, que añadieron que dicha resolución deja sin efecto 'sine die' el ingreso en prisión de los condenados "mientras se tramita en el Ministerio de Justicia el indulto promovido". El fallo fundamenta en resoluciones del Tribunal Constitucional la suspensión del cumplimiento de la pena al entender que el tiempo de duración de la tramitación del indulto y su posible otorgamiento "aun si fuera parcial", supondría su "inutilidad" si la pena "se hubiese cumplido al tiempo de su concesión", destacó hoy el abogado de Muñoz, José María del Nido.
El juez dictó el pasado 23 de febrero un auto en el que ordenaba la ejecución inmediata de la pena de seis meses de cárcel que le fue impuesta a Muñoz y sus compañeros de corporación. Todos ellos fueron condenados el 29 de abril de 2005 por el Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga a seis meses de cárcel y ocho años de inhabilitación para empleo y cargo público por un delito urbanístico en el caso de las licencias de obras de "Banana Beach". En la sentencia, que constaba de 86 páginas, se decretaba la nulidad "de pleno derecho" de la licencia de obra otorgada a la entidad Turismo y Recreo Andaluz S.A. (Turasa).
El juez condenó a los siete ex miembros de la corporación marbellí por un delito consumado contra la ordenación del territorio en su modalidad de prevaricación funcionarial urbanística, mientras que absolvió al anterior alcalde, Jesús Gil, por "haberse extinguido su responsabilidad criminal por fallecimiento". Además de Muñoz, que en el momento de los hechos actuaba como alcalde accidental, los seis ex ediles condenados son Rafael González Carrasco, Mario Jiménez Notario, Manuel Calle Arcal, Juan Antonio Yagüe Reyes -hermano de la ex alcaldesa, Marisol Yagüe-, María Luisa Alcalá Duarte y Dolores Zurdo Padilla.
En los fundamentos jurídicos de la sentencia se destacaba que el otorgamiento de la mencionada licencia se hizo de modo "flagrante y patentemente arbitrario, con un olvido completo de la función pública urbanística". El juez calificaba los hechos como "crimen urbanístico" y explicaba que "no todo ilícito administrativo urbanístico es penal, ya que el Derecho Penal sólo cubre lo más grave y éste lo es suficientemente".