CRISIS DEL CORONAVIRUS

La Policía cierra bares en Cádiz desde la medianoche tras la entrada en vigor del estado de alarma

Los agentes advirtieron ya anoche a los propietarios de tres establecimientos en la capital gaditana que echaran la baraja

M. A.

Al filo de la pasada medianoche entraba en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la declaración de estado de alarma decretada por el Gobierno por la crisis del coronavirus . Se hacían por tanto efectivas las órdenes contenidas en esta declaración como, entre otras muchas, el cierre al público de bares y establecimientos no exentos por la norma. Estos cierres continuaban por la mañana. De momento se está apercibiendo.

De esta forma, agentes de la Policía Nacional de Cádiz que se encontraban de servicio se dispusieron a ordenar el cierre de todos aquellos negocios de ocio y hostelería que estuvieran abiertos. En Cádiz capital los policías cerraron un bar, ubicado en el centro, y dos salones de juegos, uno en Columela y otro por la zona de Astilleros. La misma medida se tomaba en otros municipios de la provincia como por ejemplo El Puerto cuando en torno a la una de la madrugada se pudo ver a dos patrullas a las puertas de un conocido local de las afueras del municipio por Valdelagrana.

Según señala la ley por la que se decreta el estado de alarma, el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente -en este caso, el Gobierno central- se sancionará con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

Las multas que se pueden imponer a aquellos que no cumplan con lo dictado en el Real Decreto, como el confinamiento, dependerán de la infracción cometida. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros. Las graves se sancionarán con multa de 1.501 a 30.000 euros y las leves con multa de hasta 1.500 euros.

Además en el caso de establecimientos de ocio u hostelería la infracción puede conllevar el cierre de dicho negocio hasta seis meses.

Por otro lado, si se desoyen o desobecen las órdenes dadas por la autoridad (agentes nacionales, autonómicos, locales...) el Código Penal recoge penas de prisión de tres a 18 meses a quienes se resistan según dicta el artículo 556. En caso de atentado a estos agentes el artículo 550 establece también penas de prisión de entre uno y cuatro años de internamiento.

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