TRIBUNALES
El 'líder' de la Manada de Villalba, un técnico municipal de Aguas de Cádiz
Ricardo Alonso Martín, sentenciado a 15 años por agredir sexualmente en grupo a una joven en Madrid, ha estado trabajando en la empresa del Ayuntamiento hasta que ha sido condenado
El tribunal lo considera el 'instigador' de los hechos ya que había mantenido relaciones esporádicas con la víctima anteriormente
Ricardo Alonso Martín, uno de los condenados por el caso de la 'Manada de Villalba', era jefe técnico de la empresa municipal de Aguas de Cádiz hasta que ha sido sentenciado a quince años de prisión por agredir sexualmente en grupo a una joven en la localidad madrileña de Collado Villalba.
Según ha podido saber este periódico de fuentes consultadas, Alonso Martín, ingeniero de profesión, ejercía las funciones en dicha sociedad del Ayuntamiento de Cádiz desde 2016 como responsable de proyectos y obras en el departamento técnico . En la sentencia conocida esta misma semana, la Audiencia Provincial de Madrid considera probado que los tres acusados (este técnico, un guardia civil y un militar) violaron «de forma continuada» y en grupo a la víctima en 2015, ejerciendo sobre ella gran «intimidación ambiental». Tras el fallo han sido enviados a prisión e inhabilitados de sus funciones públicas, tal y como constata el auto judicial al que ha tenido acceso este medio.
Se da la circunstancia que Ricardo Alonso Martín ha estado trabajando en Aguas de Cádiz hasta que ha sido sentenciado. Así por ejemplo a finales del pasado año dio una ponencia representando a la empresa municipal en un congreso que se celebró en el parque ferial Ifema de Madrid el 29 y 30 de octubre titulada 'Gestión Inteligente del Agua Urbana en Cádiz', en la que aparecía como ponente. En la ficha de dicha conferencia este técnico municipal, ahora condenado, se presentaba como ingeniero de caminos, canales y puertos, y experto en hidráulica y energética.
Como indican las fuentes consultadas, Alonso Martín estuvo como contratado anteriormente por una empresa externa llamada Aquageo que trabajaba para diversas corporaciones públicas. Y en 2016, tras realizar un examen, obtuvo la plaza de jefe técnico en Aguas de Cádiz. Ya en 2017, y como experto en el sistema de información geográfica (GIS) de la empresa municipal fue uno de los técnicos promotores de una aplicación creada para que los usuarios de Aguas de Cádiz tuvieran conocimiento a través del móvil de la existencia de averías, mantenimiento y obras en la ciudad.
Los hechos
Los hechos se produjeron el 13 de marzo de 2015. Según el tribunal ha quedado probado que Ricardo Alonso Martín, Miguel Ángel C. O. (militar) y Martín A. F. (guardia civil), en torno a la medianoche, tras solicitar a la joven favores sexuales a los que ella se negó, la obligaron a practicarles una felación. Primero fue Ricardo, con quien la víctima había mantenido algún tipo de relación «esporádica» anterior a los hechos, y después los otros dos. Como testificó la joven, la amenazaron de que no saldría del piso al que la habían conducido hasta que lo hiciera. La vivienda además era de la hermana de Ricardo que se encontraba en el extranjero.
La declaración de la víctima fue clave para que el tribunal haya establecido que los tres condenados cometieron la agresión sexual aprovechándose de lo que la jurisprudencia se denomina «intimidación ambiental» . Ricardo aseguró durante el juicio que la joven accedió libremente a practicarles sexo oral y que, fue ella la que lo propuso «entre risas y cachondeo». Sin embargo la joven afirmó ante el tribunal: «No pedí sexo en grupo ni por turnos en ningún momento. Yo solo estaba con Ricardo».
A pesar de que la sentencia no es firme, ya que los tres condenados pueden recurrirla, la Fiscalía y la abogada de la víctima pidieron desde el primer momento el encarcelamiento «dada la gravedad de las penas impuestas» y el riesgo de fuga existente en los condenados.
En el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, se deja constancia que el técnico 'suspendido' del Ayuntamiento de Cádiz, «fue la persona que había mantenido encuentros sexuales con la joven cada vez que se veían y que conocía la influencia que en ese sentido ostentaba sobre ella, y amparado en este hecho no tuvo problema alguno, moral, ético o de otro tipo , para engañarla haciéndole creer que si accedía a llevar a cabo una acción sexual a que en otras ocasiones se había negado, la llevaría a su casa», añaden los magistrados.
Sin Ricardo, que «ni la miraba ni le contestaba» cuando ella reclamaba su ayuda, recoge el fallo, la víctima no habría accedido a quedar esa noche con ellos. Es él quien concierta la cita, quien la lleva a la casa y quien le indica, sin género de dudas, «que sus hermanos también tenían que satisfacerse sexualmente».
Contra la sentencia dictada contra este empleado municipal de Cádiz y los otros dos procesados cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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