Sentencia
Desestimada la demanda del trabajador de Onda Cádiz que acusó a la dirección de «acoso y persecución laboral»
El demandante ha presentado un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)
El Juzgado de los Social número 1 de Cádiz ha desestimado la demanda presentada por un trabajador de la empresa municipal Onda Cádiz por presunto «acoso y persecución laboral» por parte de la dirección-gerencia de la misma.
Esta demanda se presentó por parte de este empleado tras intentar aplicarle una modificación sustancial de sus condiciones laborales , afectando tanto a su categoría profesional como a su salario, que se vería mermado en un 50 %, según el demandante.
El asesor jurídico de este trabajador ya ha confirmado que se presentó, en los cinco días hábiles posteriores al conocimiento de la sentencia, un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) .
Recordar que el trabajador ocupaba desde 2009 el puesto de director de contenidos digitales en Cádiz Conecta, empresa que fue absorbida en 2016 por Onda Cádiz. Así, el empleado pasó entonces a formar parte de la plantilla de la televisión municipal mediante subrogación.
En la demanda aseguró que se le mantuvieron todos los derechos adquiridos en la anterior empresa, como su categoría profesional, sueldo, antigüedad y funciones habituales de su puesto de trabajo. Pero fue a finales de 2019, cuando se nombra a una nueva directora gerente, cuando según el denunciante comenzaron los problemas.
El trabajador alegaba en su demanda que días antes de decretarse el estado de alarma y comenzar el confinamiento, se le «orilló» y se le «marginó» de sus funciones y, meses después, en junio de 2020 se le comunica que se le va a aplicar una modificación de empleo y sueldo , pasando de director de contenidos digitales a redactor de base. Esta circunstancia provocaría que su salario se redujese a la mitad, es decir, de 56.000 euros brutos al año a 28.000.
El empleado comenzó a contar con problemas de salud , acudiendo a urgencias con un cuadro de alteración cardiaca y posteriormente con cuadro ansioso depresivo, dándole de baja el médico. Actualmente continua de baja, con continuas revisiones médicas y un fuerte tratamiento médico.
Estando de baja se le comunica por burofax, correo electrónico e incluso con un notario la decisión del consejo de administración de modificarle sus condiciones laborales, hecho que -según consta en la demanda- «evidencian la situación de hostigamiento, de acoso y persecución que este trabajador sufre desde noviembre de 2019»
Desde la empresa se alegó que este cambio en sus condiciones laborales está motivada por razones organizativas, productivas y económicas derivadas del cierre del periódico OCádizdigital y, por otra, del hecho de que la mayor parte de las funciones y tareas básicas del puesto de director de contenidos digitales no se estaban desarrollando. La empresa dijo, por tanto, que el puesto ya «no era necesario».
En la sentencia en la que se desestima la demanda del trabajador, se asegura que no resulta acreditada la «situación de acoso o persecución política» .
Además, señala que se produjeron medidas de reestructuración de personal donde se recogen «cambios de jornada», «de categoría profesional» no solo del demandante sino también «de otros trabajadores y cambios de departamentos».
Proyectos en el olvido
A modo de conclusión, la sentencia expone que los proyectos de cuya coordinación y puesta en marcha era responsable el demandante, «tras la asunción de los mismos por Onda Cádiz fueron quedando en el olvido» quedando «sin funcionamiento» las apps, «en desuso» las pantallas y dejándose de hacer cursos de alfabetización digital que «a medida que se generaliza el uso de redes sociales y medios telemáticos van siendo cada vez menos necesarios». Estas eran algunas de las responsabilidades del trabajador.
Por último, destacar también que el juez estima que la decisión de la empresa «queda también justificada a nivel económico, atendida la disminución de resultados económicos de 2018 a 2019 , habiendo servido las decisiones adoptadas en elplan de ajuste y reestructuración operada en 2020 para subvertir tal situación, que se estima necesaria atendida la participación pública en su integridad de la entidad demandada».
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