Tribunales

El Ayuntamiento de Cádiz condenado por vulnerar la Constitución española

ACOM gana la demanda contra el gobierno de Kichi tras la suspensión en el año 2017 de un ciclo de cine israelí. El Ayuntamiento recurrirá la sentencia

Proyección de una película en el patio del ECCO. La Voz

Almudena del Campo

El Ayuntamiento de Cádiz ha sido condenado por el juzgado de lo contencioso administrativo en costas procesales por suspender, en el año 2017, un ciclo de cine israelí que se estaba celebrando en el ECCO (Espacio de Cultura Contemporánea).

La sentencia, emitida el pasado 22 de marzo y conocida a través de El Mundo, estima el recurso interpuesto por la organización Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) contra esta decisión adoptada por el Consistorio gaditano asegurando que dicha actuación municipal « ha vulnerado el derecho fundamental consagrado en los artículos 13, 14, 16 y 20 de la Constitución española ».

Recordar que el equipo de Gobierno argumentaba la suspensión de este ciclo (que constaba de cuatro películas de las que se proyectaron dos de ellas) señalando que entraba «en contradicción con el acuerdo de adhesión a la campaña de boicot a Israel adoptada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento el 12 de agosto de 2016».

La embajada de Israel manifestó entonces su repulsa a esta suspensión y manifestó entonces que se trataba de un acto de «censura cultural basada en criterios políticos» .

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, valora que «se está ante una ausencia de criterios objetivos y razonables , lo que produce vulneración del principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución Española, incitando a la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en cuanto se basa en la declaración del Ayuntamiento Espacio Libre Apartheid Israelí».

Arbitrariedad

Entre las razones que ofrece está que « se ha privado del ejercicio de un derecho constitucional de un modo absolutamente arbitrario, manifiestamente ilegal y abusivo ».

Desde esta organización sin ánimo de lucro, su presidente Ángel Casas , ha valorado esta sentencia asegurando que es muy clara y que se trata de un hecho «muy grave» .

Para Más, este tipo de boicots, «como el que ha hecho el Ayuntamiento gaditano», no hacen más que «preconizar la destrucción del estado de Israel y limitar los derechos civiles y económicos de sus ciudadanos, empresas y amigos». A juicio del presidente de ACOM, « este tipo de actitudes atentan contra valores fundamentales recogidos en nuestra Constitución y debe tener consecuencias ».

Desde el Ayuntamiento de Cádiz han anunciado que recurrirán dicha sentencia aunque no han entrado a valorarla.

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