TRIBUNALES
Quince años de cárcel para el acusado de violar a una mujer en el Caballo Blanco de El Puerto
La Audiencia Provincial no da credibilidad al procesado Walter B. que sostenía que las relaciones sexuales habían sido consentidas porque había pagado por ello
«Es inimaginable que una persona que se dedica a la prostitución como ella misma ha reconocido, no cobrara antes de prestar el servicio a un señor que es indigente, y aun más incomprensible que permitiera dicha relación sin uso de preservativo», asegura el fallo
No fue sexo consentido . Se trató de una agresión sexual. Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz no le han dado en absoluto credibilidad a la versión esgrimida por el acusado por haber violado y robado a una mujer en las ruinas del Hotel Caballo Blanco en El Puerto. El procesado, un ciudadano de nacionalidad italiana que en el momento de los hechos vivía en la calle, se defendió ante los jueces asegurando que las relaciones sexuales que mantuvo con ella fueron consentidas y que le pagó ya que ella era prostituta. Sin embargo, la denunciante aseguraba lo contrario. En todo el procedimiento mantuvo que había sido violada.
Pues bien tras la celebración del juicio el pasado día 9 y oídos los testimonios y aportadas todas las pruebas, el tribunal ha condenado a Walter B. a quince años de prisión, doce por el delito de agresión sexual y otros tres años y medio por robo con intimidación. Además, le han impuesto seis años de libertad vigilada y el pago de una indemnización de 15.960 euros a favor de la víctima.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el TSJA, recoge como hechos probados que sobre las 12.30 horas del 25 de enero de 2018, la mujer se encontraba en la parada del autobús que hay enfrente del citado hotel cuando fue abordada por un indigente que iba acompañado de un perro. Fue entonces cuando inició una conversación con el acusado y, al cabo de unos minutos, este le pidió que le acompañara a la casa donde vivía (entre las ruinas del hotel), porque estaba mal de una pierna y necesitaba ayuda.
Al llegar a la puerta del hotel -prosigue el fallo- la mujer le dijo al indigente que no quería entrar en ese lugar, ante lo cual el ahora condenado la empujó con fuerza al interior del recinto y cerró la puerta con un cerrojo. Entonces, sacó un cuchillo con una hoja de 30 centímetros y le dijo a la víctima: «Soy un tipo peligroso, si haces lo que te digo te voy a dejar marchar y si no, te vas a marchar muerta », tras lo cual la obligó a subir unas escaleras y a meterse en una habitación donde había una tienda de campaña y diversos efectos del italiano. Justo después de entrar en la habitación, el encausado registró a la mujer y le arrebató 110 euros, dos pendientes de oro, una alianza y una cadena con una cruz también de oro, objetos cuyo valor se han tasado en 850 euros.
Acto seguido, «usando siempre el cuchillo y movido por el deseo de satisfacer su ánimo lúbrico, el indigente le dijo a la víctima que se desnudase y le obligó a mantener relaciones sexuales contra su voluntad». Al terminar la forzó a que la acompañara a la salida y huyó.
El tribunal da toda la credibilidad a la denunciante, porque, entre otras cuestiones, no aprecian «ningún tipo de móvil de carácter espurio o motivaciones del mismo orden secundarias que pudieran justificar una denuncia falsa y sin fundamento». Además, añaden, «es inimaginable que una persona que se dedica a la prostitución como ella misma ha reconocido, no cobrara antes de prestar el servicio a un señor que es indigente, y aun más incomprensible que permitiera dicha relación sin uso de preservativo».
Por otro lado, es igualmente relevante para la Sección Primera que el acusado tan pronto terminara el acto sexual la obligara a ayudarle a recoger los enseres corriendo y saliera huyendo del lugar «y tampoco es despreciable que abandonara la ciudad marchando hasta la localidad de El Cuervo, donde fue detenido cuatro días después».
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