Hacienda no puede revisar casos cerrados
Actualizado:El Tribunal Supremo ha prohibido a la Agencia Tributaria volver a inspeccionar un asunto que ya había investigado y dado por concluido. En un fallo conocido ayer, los magistrados estiman que Hacienda no puede reabrir un caso que se refiera a los mismos hechos tributarios y también a igual período temporal salvo que en el transcurso del tiempo hayan aparecido indicios nuevos que, eso sí, se deriven de actuaciones distintas. Estiman así el recurso de una constructora a la que el fisco reabrió un expediente -y después sancionó- por irregularidades en la reinversión de beneficios extraordinarios.