El CGPJ propone suprimir la atenuante de confesión en los crímenes machistas
Un estudio de las sentencias dictadas en 2011 revela que esta circunstancia es la que más se aplica a los agresores
MADRID. Actualizado: GuardarEl Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) quiere acabar con los beneficios que para el agresor conlleva confesar un crimen machista. Un informe elaborado por el Grupo de Expertos y Expertas en Violencia de Género y Doméstica del CGPJ recomienda abordar el estudio de la supresión o reconsideración de la circunstancia atenuante de confesión en los delitos de este tipo con resultado de muerte.
El 'Análisis sobre las sentencias dictadas por Tribunales del Jurado y Audiencias Provinciales en el año 2011 relativas a asesinatos y/o homicidios consumados entre los miembros de la pareja o expareja', un estudio que cumple su séptima edición y que ha sido presentado esta semana a la Comisión Permanente del CGPJ, ha analizado por primera vez los datos relativos a las sentencias dictadas por violencia de género y a las propias de violencia doméstica en 2011, último año del que se tienen recopiladas las sentencias.
En 16 de las 50 dictadas -44 por violencia de género y seis por violencia doméstica- se apreciaron circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal. Y dentro de estas circunstancias atenuantes, la de la confesión es la que más aparece: en nueve ocasiones en las primeras -en las que el acusado siempre es hombre- y en una en las segundas -en las que las acusadas fueron todas mujeres-.
El informe recuerda que la atenuante de confesión nació con la finalidad de otorgar un tratamiento más favorable a aquel que facilite la investigación del delito y que se aplica en todos los casos en los que el autor o autora reconoce -en un momento puntual o de forma permanente- haber cometido los hechos, simplificando así la instrucción de la causa.
Los expertos recomiendan, sin embargo, que cuando la ejecución del hecho o las circunstancias que lo rodean permitan sin dificultad atribuir la autoría del crimen a una persona, haciendo por tanto inoperante la motivación que justifica la apreciación de la confesión, se estudie la supresión o la reconsideración de esta circunstancia atenuante en delitos con resultado de muerte por violencia de género o violencia doméstica.
El estudio revela también que de las 44 sentencias por violencia de género, 41 resultaron condenatorias (el 93%) y, de éstas, 30 lo fueron por asesinato (73%), nueve por homicidio (22%) y dos por homicidio imprudente (5%). La condena por asesinato significa que se ha acreditado que la muerte se ha ejecutado con alevosía o ensañamiento o por precio, recompensa o promesa.
Sube la franja de edad
El estudio elaborado por el Grupo de Expertos y Expertas concluye también que ha aumentado la franja de edad de los autores de los crímenes. La que registra un mayor número de casos (17) es la que va de los 45 a los 65 años, seguida por la de 31 a 45 (13 casos), la de 18 a 30 (seis casos) y la de más de 66 (dos casos). En seis sentencias no se revela la edad de los agresores.
En comparación con las sentencias dictadas en 2010, se observa una importante disminución del porcentaje de autores de entre 18 y 30 años, que pasa del 28,9% al 15,8%. A juicio de los autores del informe, esto puede indicar que las medidas de educación y sensibilización están teniendo un efecto positivo en la población más joven.