ESPAÑA

Las impugnaciones que entran en la corte no caducan

El tribunal suele aplazar la resolución de los recursos más polémicos hasta estar seguro de dar una respuesta por mayoría

MADRID. Actualizado: Guardar
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La premura a la hora de resolver los recursos de amparo o inconstitucionalidad que generan más controversia social no es una de las virtudes del Tribunal Constitucional. Pero no contravienen ninguna norma porque no tienen un límite de tiempo tasado para resolverlos.

Los magistrados tienen que pronunciarse sobre el recurso de inconstitucionalidad planteado por el PP en 2010 contra la ley de plazos para la interrupción del embarazo de José Luis Rodríguez Zapatero cuatro años después. Pero esta no es, ni mucho menos, la solicitud más antigua que el Constitucional tiene pendiente. De ese mismo año es el recurso que planteó, también el PP, contra la prohibición por parte del Parlamento de Cataluña de celebrar corridas de toros en la comunidad, y aún se espera una respuesta.

El pronunciamiento del tribunal respecto a estos dos asuntos puede alargarse en el tiempo hasta no se sabe cuándo, no sería el primer caso.

El Constitucional tardó más de seis años en avalar la ley de matrimonio homosexual, aprobada por los socialistas en 2005 y recurrida por el PP ese mismo año. Y no se trata del caso que más tiempo ha estado en la agenda de los jueces.

Las recursos interpuestos por el expresidente del Gobierno José María Aznar contra las leyes del deporte en el País Vasco y en Cataluña en 1998 y 1999, respectivamente, no fueron resueltos hasta 2012; es decir, permanecieron en el tintero del Constitucional más de trece años.

Otro caso bastante notable fue la resolución desfavorable para el recurso presentado hace seis años por el expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, inhabilitado por el Supremo en 2008. Fue resuelto en 2012.

La tardanza del Constitucional en dar una respuesta a los recursos que más polémica suscitan se debe a que precisan de cierto grado de consenso para su resolución. Así que si los magistrados no atisban visos de mayoría, apartan estos temas de la agenda de plenos. La excepción son los casos en los que existe una persona encarcelada, entonces sí son apremiantes.