Los autónomos tardan algo más de tres meses en cobrar sus facturas
Las administraciones públicas aumentan un 6,1% su deuda con el colectivo en el último trimestre
MADRID.Actualizado:Algo más de tres meses. Es lo que tardan de media los autónomos en cobrar sus facturas, según la encuesta trimestral realizada por la federación ATA. Aunque tanto el sector público como el privado han reducido ligeramente sus plazos de pago, éstos siguen muy alejados de los establecidos legalmente (30 y 60 días respectivamente). ATA denuncia que, un año después de la entrada en vigor de la Ley de Morosidad, el periodo medio de pago de las administraciones públicas «se sigue situando prácticamente en cuatro meses (111 días)». En los tres meses transcurridos respecto a la encuesta anterior (junio de 2014), los plazos sólo han descendido en dos días. En el caso de las empresas privadas, se mantiene prácticamente inalterable: de 82 a 81 días. Así, la media entre ambos sectores se sitúa en los 96 días.
Aunque en menor medida que en el trimestre anterior, durante el periodo julio-septiembre la deuda de las administraciones públicas con los autónomos volvió a subir, en esta ocasión en torno a los 164 millones de euros (hasta los 2.835 millones), lo que supone un 6,1% más. Otra mala noticia es que la administración central, que en el anterior trimestre pagaba dentro de los plazos legales (a 29 días) ha vuelto a entrar en el terreno de la morosidad (37 días). Las comunidades autónomas se mantienen en los 130 días de media, mientras que los entes locales -donde se concentra el mayor volumen de la facturación de los autónomos al sector público- se ha reducido en cuatro días, para situarse en los 92.
En cuanto a los plazos de abono de facturas que emiten los autónomos a empresas privadas, se vuelve a constatar que las compañías de más de 1.000 trabajadores son las más morosas: pagan a una media de 126 días. En el caso de las transacciones entre los propios autónomos y con empresas de menos de 10 trabajadores, siguen siendo las únicas que se ajustan a la legalidad: 55 y 58 días respectivamente.