Penas mínimas de cárcel para 20 exdirigentes de Batasuna por integración en ETA
La Audiencia Nacional considera que el partido ilegalizado y la banda «eran lo mismo» y que se financiaron a través de las 'herriko tabernas'
MADRID. Actualizado: GuardarLa Audiencia Nacional, doce años después de incoar la causa y realizar las primeras detenciones, dictó ayer sentencia en el sumario conocido como de 'las herriko tabernas', la primera gran investigación penal contra Batasuna que abordó el juez Baltasar Garzón.
El tribunal considera probado que las 'herriko tabernas' -sedes sociales de la formación- son propiedad de Batasuna, pese a tener otros dueños formales, y que este partido las utilizó, entre otras cosas, para financiar la actividad de la banda terrorista, razón por la que ordena su comiso. La sentencia indica que, según los indicios, «era de conocimiento y de común aceptación que Herri Batasuna y ETA eran lo mismo».
El fallo, que dividió al tribunal de la Sección Segunda con dos votos contra uno, condena en 574 páginas a ocho antiguos miembros de la cúpula de Batasuna por pertenencia a ETA, a doce más por colaboración con la banda terrorista, y absuelve por falta de pruebas a los otros catorce exdirigentes independentistas que se sentaron en el banquillo.
Los cinco acusados principales, Joseba Permach, Rufi Etxeberria, Juan Cruz Aldasoro, Joseba Álvarez y Karmelo Landa, considerados por el tribunal como dirigentes del «frente institucional de ETA», son condenados a tres años de cárcel y a seis de inhabilitación absoluta. También por pertenencia a la banda se condena a Jon Gorrotxategi, Floren Aoiz y Antton Morcillo, pero en su caso solo a un año y seis meses de prisión y a cuatro de inhabilitación.
Los cinco primeros reciben mayor castigo porque el tribunal considera que, además de pertenecer a la cúpula, trataron de reconstruir lo que considera el «brazo político» de la banda incluso con posterioridad a la ilegalización de Batasuna por parte del Tribunal Supremo, en 2003. Permach y Etxebarria son en la actualidad miembros muy relevantes de la cúpula de Sortu, el partido legal de la izquierda abertzale que ocupó el hueco dejado por Batasuna.
Arnaldo Otegi, también secretario general de Sortu, no se sentó al final en el banquillo por esta causa, pese a haber estado imputado durante años, porque ya había sido condenado con anterioridad por el mismo delito de pertenencia a ETA en el proceso 'Bateragune', una pena de seis años y medio de prisión por la que estará hasta 2016 en la cárcel.
Atenuante por dilaciones
Los otros doce condenados en la sentencia de las 'herriko tabernas' lo son a un año y tres meses de cárcel y cuatro de inhabilitación por colaboración con ETA.
La razón de la levedad de todas las penas en relación con la notable gravedad de los delitos de integración en diferentes grados en una organización terrorista se debe a que los jueces apreciaron como muy justificada la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, tras más de una década de duración de la instrucción de la causa, abierta en 2002, y del proceso, que concluyó el pasado 12 de marzo, tras cinco meses de vista oral. De hecho, la sala incluso reduce en un año las peticiones ya mínimas de la Fiscalía, que en aplicación de la atenuante rebajó al final del juicio su solicitud de condena inicial, que oscilaba entre los 8 y 12 años de prisión para los 34 acusados.
La sentencia no solo considera que la dirección de Batasuna gestionaba estas sedes sociales para financiar al Movimiento de Liberación Nacional Vasco, «controlado por ETA», sino que con ellas daba infraestructura logística a organizaciones satélites del «frente militar» de la banda como KAS, Jarrai o Gestoras y servían de almacén para el material usado en la 'kale borroka'.
En total desacuerdo con sus dos compañeros está la magistrado Clara Bayarri, que cree que los 34 acusados debieron ser absueltos por falta de pruebas. No ve un solo elemento que permite tachar a Batasuna de «terrorista», incluida su ilegalización por el Supremo, que recuerda que fue una decisión judicial administrativa y no penal.