ESPAÑA

El Constitucional mantiene en la cárcel a Arnaldo Otegi hasta 2016

Los conservadores imponen su mayoría para tumbar el recurso contra la sentencia del Supremo que lo condenó como miembro de ETA

MADRID. Actualizado: Guardar
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Arnaldo Otegi, salvo que obtenga algún tipo de beneficio penitenciario, seguirá encarcelado hasta abril de 2016. El Tribunal Constitucional acabó ayer con la última esperanza del máximo referente político de la izquierda abertzale de obtener su liberación al rechazar el recurso de amparo contra la sentencia del 'caso Bateragune', la resolución por la que el Tribunal Supremo lo condenó en 2012 a seis años y medio de prisión por pertenencia a ETA. Otegi se encuentra preso en la cárcel de Logroño desde el 16 de octubre de 2009.

El fallo judicial, no obstante, no fue para nada pacífico y, de hecho, como ya ocurrió hace dos años en el Supremo, dividió al tribunal. La denegación del amparo se acordó por siete votos a cinco, gracias a la mayoría de magistrados de tendencia conservadora, elegidos a propuesta del PP.

Estos juristas, al igual que la Fiscalía, no vieron en la actuación inicial de la Audiencia Nacional y en la posterior del Supremo vulneración alguna del derecho a un juez imparcial o la presunción de inocencia, motivos principales que alegaba el exportavoz de la ilegalizada Batasuna para que se anulase la condena. Consideran que hay pruebas de cargo suficientes para confirmar el fallo del Supremo. Sí apreciaron alguna de las vulneraciones de derechos en el proceso los cinco progresistas, quienes emitirán votos particulares contrarios a la resolución mayoritaria y favorables a la admisión parcial o total del recurso.

De hecho, los argumentos de unos y otros en uno de los puntos centrales fueron totalmente opuestos. Otegi mantiene que el juicio de 'Bateragune' debió declararse nulo porque la presidenta del tribunal de la Audiencia Nacional que lo condenó en primera instancia, Ángela Murillo, tiene prejuicios contra él que le conducían a una condena segura.

Para ello, recordó que Murillo ya tuvo que ser apartada de otro tribunal, en un juicio anterior por enaltecimiento del terrorismo, porque, tras preguntarle si condenaba el terrorismo de ETA y guardar él silencio, contestó «ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta». La mayoría conservadora del Constitucional mantiene que los prejuicios mostrados por Murillo «no resultan trasladables» al segundo juicio por tratarse de hechos distintos y porque «supondría emitir un inadmisible juicio universal de parcialidad carente de fundamento». Los cinco progresistas, por contra, dicen que los prejuicios de la juez son «de aplicación» y «relevantes» para la causa de 'Bateragune', por lo que debió ser excluida del tribunal y, por no serlo, contaminó el juicio y la sentencia.

La misma resolución del Constitucional deniega también el amparo a otros tres condenados a seis años de cárcel en la misma causa, Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Miren Zabaleta. Idénticos argumentos jurídicos deberían servir en un futuro para dar al traste con el recurso presentado por el quinto condenado en el 'caso Bateragune', Rafael Díez Usabiaga, exsecretario general del sindicato abertzale LAB, sentenciado como Otegi a seis años y medio de cárcel. Su reclamación contra el Supremo no se vio en este pleno.