Las empresas podrán compensar más pérdidas y sin límite temporal
La banca mantiene el tipo nominal del 30%, pero su tipo efectivo es muy inferior, y se beneficia de la mejora en la deducción de créditos fiscales
MADRID.Actualizado:La crisis ha provocado que muchas empresas registraran pérdidas que, con la reforma fiscal, van a poder compensar con los beneficios futuros sin tantas limitaciones como establece la ley ahora.
En concreto, ahora sólo se puede utilizar el 25% de las bases imponibles negativas para reducir beneficios en el Impuesto sobre Sociedades. Ese umbral se eleva hasta el 60% con la reforma a partir de 2016 -las pymes podrán compensar el 100%- y, además, se elimina el límite temporal de 18 años como plazo para poder compensar las pérdidas. El sindicato de Técnicos de Hacienda, Gestha, considera que esta supresión del límite temporal de 18 años para deducir las bases imponibles negativas, aparte de beneficiar a las grandes empresas, elimina el riesgo para el Estado por la concesión del aval de 30.000 millones de euros concedido a la banca por los créditos fiscales.
La mejora en la compensación de pérdidas permitirá mejorar la solvencia de las empresas, según el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre. Sin embargo, también afectará a la recaudación futura del Impuesto sobre Sociedades -ya muy reducida en la actualidad- porque durante los seis largos años de crisis se han acumulado muchas bases imponibles negativas y créditos fiscales -sobre todo la banca- que reducirán significativamente los beneficios por los que se tributará en los próximos años. Con el fin de mantener la recaudación durante 2015 se prorrogan para ese año los pagos fraccionados incrementados, la limitación del fondo de comercio y de compensación de bases imponibles negativas.
La reforma introduce dos beneficios fiscales para fomentar la capitalización empresarial. Las empresas no tributarán por parte del beneficio no distribuido, con ciertas condiciones. Así, habrá una reserva de nivelación sólo para pymes por la cual el beneficio no distribuido que se destine a esa reserva para poder compensar pérdidas futuras en un plazo de cinco años no tributará. A esta reserva se podrá destinar el 10% del beneficio con un límite de un millón de euros. Supone «adelantar el efecto de compensación de una base negativa», según explicó Ferre, y «premiar a las empresas que ahorren». Además, se crea la reserva de capitalización para todo tipo de empresas en sustitución de la deducción por reinversión. Las empresas podrán deducir hasta el 10% del beneficio si se destina a esta reserva. El fin es promover la financiación empresarial y reducir la dependencia del apalancamiento. No es necesario invertir en activos empresariales.
El tipo nominal general del Impuesto sobre Sociedades se reduce del 30% al 28% en 2015 y al 25% en 2016, aunque las pymes mantendrán el tipo nominal actual del 25% y las entidades financieras seguirán con un tipo nominal del 30%. Sin embargo, no es muy relevante cuál es el tipo nominal que va a soportar la banca en el Impuesto sobre Sociedades porque su tipo efectivo es, de hecho, inferior al 5% en el caso de los grandes bancos y menor al 10% de media en el sector. Además, la acumulación de bases imponibles negativas que tienen para compensar (128.000 millones según Gestha) ya sin límite temporal, hace aun más irrelevante el tipo nominal.