La Ley de Seguridad Vial estrena parte de su reforma el próximo viernes
Nuevas sanciones por alcohol y drogas, prohibición de los detectores de radar y los menores de 16 siempre con casco en bicicleta
MADRID.Actualizado:El próximo viernes entra en vigor parte de los preceptos recogidos en la última reforma de la Ley de Seguridad Vial. Serán principalmente conceptos muy concretos que no necesitan de su posterior desarrollo en los reglamentos, tales como la ingesta de drogas o la reincidencia con el alcohol al volante, la prohibición de detectores de radar o el uso obligatorio del caso en bici de los menores de 16 años en ciudad, entre otros.
La Dirección General de Tráfico trabaja mientras tanto en los reales decretos que desarrollarán el resto de conceptos, algunos tan llamativos, como el incremento puntual a 130 km/h en determinados tramos de autovía y autopista, que no entrará por el momento en vigor. Alguno de estas novedades podrían estar listas para la operación salida del verano, dado que sólo necesitan el visto bueno del Consejo de Ministros.
Drogas y alcohol
1.000 euros de sanción
La sanción en caso de ingestión de drogas, aparte del proceso penal en el que el conductor se verá inmerso, es de 1.000 euros y tendrá aparejada la retirada de 6 puntos del carné. «Quedarán excluidas aquellas substancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción», afirma el texto de la ley.
Para el consumo de alcohol, si el conductor es sorprendido de nuevo superando los límites o duplica la tasa permitida la sanción también será de 1.000 euros. Además de los conductores, los peatones están obligados a someterse a las pruebas de detección del alcohol y drogas cuando hayan estado implicados en un siniestro o hayan cometido una infracción.
Por primera vez, la ley recoge la prueba lo que será la salival, «mediante un dispositivo autorizado», para la detección de las drogas. Sin embargo, esto deberá esperar al reglamento para ser normalizado. Esta prueba obligará a que muchos conductores tengan que llevar la receta médica que les prescribe determinados medicamentos, algunos de consumo ordinario, cuyos componentes dan positivo.
Velocidad
Sin detectores de radar
Queda prohibida la instalación de detectores de radar en el vehículo. Esto será multado con 200 euros y la retirada de 3 puntos. Los agentes solo podrán saber si el coche lleva este detector si lo paran, al igual que hasta ahora venían haciendo con los inhibidores de radar, que están prohibidos, y cuyo uso está multado con 6.000 euros y la detracción de 6 puntos. «Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico», dice el texto en alusión a los GPS y los avisadores.
Cascos en bicicleta
Los menores siempre
Los menores de 16 años tendrán que llevar siempre casco cuando circulen en bicicleta por una vía pública. Solo los mayores de esta edad podrán quitar el protector en los trazados urbanos. Además, la ley prohíbe adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas que circulen en sentido contrario, aun cuando los mismos circulen por el arcén. El vehículo que adelante a un ciclista deberá ocupar «parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros» respecto a la bicicleta.
También permite circular a las bicicletas por debajo del límite de velocidad mínimo de la vía en caso de no haber tramo alternativo.
Otra novedad para las bicicletas, es que estas podrán ser retiradas y llevadas al depósito municipal cuando dificulten la circulación de vehículos o personas o dañen el moviliario urbano.
Sillitas especiales
Inmovilización de vehículos
Se inmovilizará el coche en el que viaje un menor que requiera un sistema de retención infantil. El coche solo podrá circular si el pequeño se queda en tierra, previa sanción al conductor. La reforma también contempla la inmovilización del vehículo por incumplir las condiciones de la autorización que habilita la circulación; y por conducir un vehículo para el que se exige permiso de las clases C o D, careciendo de autorización. Los gastos de inmovilización correrán a cargo del conductor.
Gestión de multas
20 días para pagar o recurrir
Notificada la denuncia, el conductor «dispondrá de un plazo de veinte días naturales para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas». Hasta ahora ese plazo era de 15.
La ley es clara al explicar todas las posibilidades. Si se paga, se sigue el procedimiento abreviado, que comporta la reducción del 50% de la sanción de la multa y supone la renuncia a formular alegaciones. Solo se podría recurrir ante los tribunales de los Contencioso-Administrativo. Si se paga en esos 20 días, la sanción «no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejadas pérdida de puntos».
También pasa de 15 a 20 días naturales el plazo para presentar alegaciones a una multa. En todo caso, si el infractor no formula alegaciones en esos días, no abona el dinero, la sanción podrá ser ejecutada transcurridos 30 días naturales.
Agentes de tráfico
Sin parar al infractor
La Ley también habilita a denunciar sin parar al infractor. Según establece, esto podrá realizarse cuando «el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo».
En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales. Será responsable el titular del aprovechamiento cuando sea consecuencia directa de una acción de caza en ese día o 12 horas siguientes de finalizar la caza. El titular de la vía será responsable en caso de no señalizar el peligro por animales sueltos y por no reparar el cerramiento.