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Economia

Hacienda dará cierto margen a las CC AA para fijar el impuesto sobre depósitos bancarios

Antes de dos meses definirá el modelo con el que quiere preservar la unidad de mercado y cierta homogeneidad entre comunidades

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El Ministerio de Hacienda se propone dar cierto margen a las comunidades autónomas para que decidan el impuesto sobre los depósitos bancarios en su territorio, pero siempre dentro de unos límites que preserven la unidad de mercado. Los tribunales han reconocido la capacidad normativa de las comunidades autónomas y el Gobierno central pretende que esa capacidad esté «ordenada» y no exista una gran disparidad entre autonomías, según fuentes del Ministerio.

Los impuestos sobre los depósitos bancarios han provocado sucesivos enfrentamientos entre los gobiernos autonómicos y el Gobierno central, que ha presentado recursos ante los tribunales contra ese tributo.

Además, el Ministerio de Hacienda creó un impuesto estatal a tipo cero que entró en vigor en enero de 2013 para evitar que se aplicaran los de cada autonomía ante la proliferación de los mismos. Extremadura, Andalucía y Canarias los aprobaron hace varios años. Cataluña, Comunidad Valenciana y Asturias se sumaron más recientemente. El impuesto estatal a tipo cero mantuvo la situación parada. El Estado se comprometía a compensar a las tres comunidades que ya tenían implantado el impuesto por la pérdida de recaudación y al resto les impedía ponerlo en práctica al existir ya un tributo estatal. Incluso llegó a pedir medidas cautelares al tribunal para que Cataluña no pudiera aplicarlo.

Escala progresiva

Sin embargo, los tribunales rechazaron las medidas cautelares y han reconocido la capacidad normativa de las autonomías. En base a todo ello, este mes entró en vigor la ley del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito en Cataluña. Con este tributo se gravan los depósitos efectuados por los clientes en las entidades de crédito a través de cuentas corrientes o cuentas de ahorro a la vista o a plazo. Pero quienes lo tienen que pagar son las entidades financieras, a las que la ley les prohíbe que lo repercutan a sus clientes. Fuentes bancarias explicaron que ese tributo será, en cualquier caso, cargado al cliente, aunque no sea de forma directa sino a través del aumento de otras comisiones.

Cataluña ha establecido una escala de gravamen progresiva de tres tramos: hasta 150 millones de euros se aplicaría un tipo del 0,3%; de 150 millones a 600 millones, un tipo del 0,4%; y a partir de 600 millones de euros de depósitos, un tipo del 0,5%.

El Ministerio de Hacienda baraja establecer una horquilla entre la que se podría mover cada comunidad a la hora de establecer su propio impuesto, aunque aún no hay nada decidido. Con la delimitación de tipos mínimos y máximos se podrían preservar cierta homogeneidad en el tributo y la unidad de mercado, entienden expertos de Hacienda. No obstante, en el departamento que dirige Cristóbal Montoro plantean que un tipo del 0,2% resultaría adecuado.

Y si Cataluña ya ha dado el paso adelante con la entrada en vigor del tributo, la Comunidad Valenciana ha optado por otra vía. Aunque la ley de presupuestos regional para este año incluye el tributo, el Gobierno central y el Gobierno valenciano han constituido una comisión mixta bilateral que hace unas semanas acordó crear un grupo de trabajo sobre el asunto. De no llegarse a un acuerdo, el Gobierno central tiene decidido impugnarlo.

En cuanto a la situación con Asturias, cuyo impuesto sobre los depósitos bancarios también está recurrido, el Gobierno central no solicitó medidas cautelares para impedir su aplicación, pero tampoco ha hecho falta porque esta no se ha llevado a efecto.

En todo caso, en el Ministerio de Hacienda prevén tener resuelto el diseño de la capacidad normativa de las comunidades en el impuesto sobre depósitos bancarios en un plazo de dos meses, al mismo tiempo que la reforma fiscal, aunque se podrían aplicar por separado.