Las eléctricas ofrecen precios fijos anuales hasta un 15% más caros que el mercado
La diferencia entre el más elevado y el más barato es de 36 euros anuales para una familia con consumo medio
MADRID.Actualizado:La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó ayer las ofertas alternativas de electricidad a precio fijo para un año que las cinco comercializadoras eléctricas de referencia están obligadas a presentar para los consumidores acogidos al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Y, como las propias compañías habían advertido, resultan menos competitivas que la tarifa regulada aún vigente, e incluso que muchas ofertas del mercado libre.
Según los datos publicados por la CNMC, estos precios fijos van desde los 687 euros al año a los 723, impuestos incluidos (sobre la electricidad e IVA), aunque sin tener en cuenta el alquiler del contador. El órgano regulador ha tomado, a la hora de hacer sus cálculos, el perfil de un consumidor medio: con una potencia contratada de 3,3 kilovatios y un consumo anual de 3.000 kilovatios a la hora (Kw/h). La mejor oferta ha sido la presentada por Edp, y la más cara corresponde a Endesa. En el medio se sitúan las de Iberdrola (696 euros anuales), Eon (715 euros) y Gas Natural Fenosa (719 euros).
Estos precios son entre un 10% y un 15% más elevados que la mejor de las ofertas incluidas en el comparador de la CNMC, y que corresponde a la compañía Alcanzia (617 euros). También son superiores al PVPC fijado para los tres primeros meses del año vía decreto por el Gobierno tras la anulación de la subasta trimestral Cesur del pasado diciembre. Ese precio -tomando el mismo perfil de consumo que la CNMC-, en el caso de mantenerse durante todo un año, quedaría en unos 643 euros. Es decir, un 6,5% más barato que la oferta de Edp (687 euros), y un 11% por debajo de lo ofrecido por Endesa (723 euros).
En la práctica estas diferencias serán mayores, puesto que el coste real de la energía en el primer trimestre ha sido inferior a los 48,48 euros por megavatio a la hora decretados por Industria, de forma que los más de 16 millones de usuarios acogidos al PVPC verán cómo las eléctricas les tendrán que reintegrar una cantidad por determinar a partir del 15 de mayo.
En virtud del real decreto que se establece el nuevo mecanismo de fijación del precio de la luz, las comercializadoras de referencia deben ofrecer a sus clientes un precio que se mantendrá fijo durante un periodo de un año en el momento de su contratación. El objetivo de esta obligación era ofrecer un precio más estable que el PVPC, que ahora está referenciado -en lo que se refiere a la parte de energía- a la evolución del mercado diario o 'pool'. A cambio de esa estabilidad -apreciada por no pocos consumidores y pequeños negocios, que prefieren saber de antemano cuánto van a pagar por la luz- las comercializadoras aplican una especie de seguro de cobertura, que es el que ha incrementado las ofertas presentadas ante la CNMC.
Después de analizarlas, el superregulador llega a la conclusión de que «son superiores a otras ofertas disponibles en el mercado con precios fijos para un año, que es el mismo periodo que garantizan las ofertas evaluadas». Porque, lo que en última instancia ha hecho el Gobierno es obligar a las comercializadoras a presentar un precio fijo para la energía consumida -no confundir con una tarifa plana-, pero que no podrá incluir ofertas complementarias, como contratos conjuntos de luz y gas, de revisión de equipos y calderas, de mantenimiento, etc.... En definitiva, servicios añadidos que todas las compañías ya ofrecen en sus contratos en el mercado libre, y que les permiten realizar ciertas rebajas en los precios.
Por eso, la CNMC insiste en que la contratación de este tipo de productos debe realizarse «después de comparar cuidadosamente otras ofertas disponibles en el mercado, dado que no todas ellas son directamente comparables al incluir diferentes condiciones y servicios». En concreto avisa de que, antes de contratar cualquier oferta de electricidad, el consumidor «debe conocer con claridad las condiciones de la misma que figuren en su contrato. Y, en particular, el compromiso de permanencia, la obligación de contratación de otros servicios adicionales, la actualización de los términos de la oferta, y los servicios adicionales al suministro ofrecidos sin coste alguno».
Penalización por rescisión
El usuario debe saber, además, que si decide rescindir el contrato de manera unilateral antes de que finalice, tendrá una penalización. La cantidad a pagar por el usuario «no podrá exceder el 5 por ciento del precio del contrato por la energía estimada pendiente de suministro», según el real decreto que establece la metodología del cálculo del PVPC.
A fin de aclarar todas estas novedades en torno al precio de la luz, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha autorizado al Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) a realizar una campaña de comunicación institucional, presupuestada en 4 millones de euros. Comenzará el 1 de junio (después de las elecciones europeas) y durará hasta diciembre.