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ALIMENTACIÓN

Los yogures dejarán de tener fecha de caducidad

:: E. M.
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A partir de ahora los yogures llevarán en su tapa la fecha de consumo preferente y no la de caducidad. El real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros supone además la eliminación del límite de venta de 28 días desde su fecha de fabricación, algo que exigía la anterior normativa de 2003.

Las industrias alimentarias serán las que determinen el tipo de fecha y el límite temporal apropiados para cada producto. Según el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, este cambio elimina las restricciones que pueden situar a los productos españoles en una situación de desventaja con el resto de alimentos europeos. Y es que la normativa de la Unión Europea establece que es la industria alimentaria la que debe determinar el tipo de fecha apropiada para cada producto y su límite temporal.

La nueva norma establece seis tipos de denominaciones de yogures: natural, natural azucarado, edulcorado, con fruta, zumos y otros alimentos, aromatizado y pasteurizado después de la fermentación. Agricultura prevé continuar con la modernización de las normas alimentarias para que mejore la competitividad de los productos alimenticios españoles en el mercado europeo.